El Gobierno de Colombia presentó un borrador de decreto que propone eliminar los requisitos académicos y de experiencia para ocupar cargos de embajador extraordinario y plenipotenciario y de cónsul general central, dejando como únicos criterios la nacionalidad por nacimiento y la edad mínima de 25 años. La medida, anunciada el 17 de junio, entraría en vigor a partir de su publicación en el diario oficial y busca, según la administración, avanzar en igualdad y mérito, al tiempo que otorga mayor discrecionalidad a quienes nominaciones eligen, con la idea de desvincular estos cargos del régimen de carrera administrativa.
El texto modifica el parágrafo 2 del artículo 2.2.2.4.10 del Decreto 1083 de 2015, Capítulo 4, para los empleos de libre nombramiento y remoción de embajador extraordinario y plenipotenciario y de cónsul general central. Entre los cambios figura la supresión de los requisitos anteriores de título profesional en cualquier disciplina, posgrado en cualquier modalidad y experiencia profesional relacionada, así como de las equivalencias; a partir de la propuesta bastará con ser nacional colombiano por nacimiento y tener más de veinticinco años. Asimismo, se contempla que el periodo de prueba pueda ser evaluado en el cargo para el cual fue designado en encargo o comisión, siempre que se cumplan el tiempo mínimo y la edad de 25 años, según el borrador.
La iniciativa llega acompañada de un contexto claro: la normativa vigente establecía una trayectoria profesional ligada a la formación académica y la experiencia, y la propuesta se inscribe en la revisión de la normativa de la función pública (Decreto 1083 de 2015) impulsada por la Administración. En este marco se citan antecedentes como la anulación del nombramiento de Armando Benedetti como embajador ante la FAO y cuestionamientos al de Guillermo Reyes en Suecia, mientras que la Canciller Laura Sarabia aparece referenciada en este contexto. El anuncio reitera que la medida se apoya en principios constitucionales de igualdad y mérito en el empleo público y en la necesidad de armonizar la normativa con jurisprudencia, destacando la mayor discrecionalidad de los nominadores y la exclusión del régimen de carrera administrativa para estos puestos de dirección y confianza.
Análisis de impacto y alcance
Entre las consecuencias señaladas por la propuesta se advierte una posible ampliación de la elegibilidad para cargos diplomáticos sin formación específica en relaciones internacionales, lo que elevaría la discrecionalidad de las nominaciones y podría modificar la profesionalización del servicio exterior. El borrador argumenta que estas posiciones exigen funciones de dirección y manejo de la política institucional, por lo que se justifica la excepción del régimen de carrera administrativa para estos empleos, con la idea de facilitar decisiones rápidas y acordes con las necesidades diplomáticas del país. El inicio de vigencia, según el texto, ocurriría tras la publicación en el Diario Oficial, y se subraya que la evaluación de desempeño podría ocurrir en el propio cargo, siempre que se cumplan los requisitos de tiempo y edad señalados.
«En excepción a lo previsto en este artículo, para el desempeño de los empleos de libre nombramiento y remoción de embajador extraordinario y plenipotenciario y de cónsul general central no serán exigibles los requisitos generales de formación académica, experiencia profesional o equivalencias establecidos en el presente decreto. En estos casos, bastará con ser nacional colombiano por nacimiento en ejercicio de su ciudadanía y tener más de veinticinco (25) años» – Departamento Administrativo de la Función Pública
«vaciamiento de poder del presidente, porque le están quitando la orden constitucional de ser jefe de las relaciones internacionales» – Gustavo Petro, Presidente
«quienes hayan acumulado saberes alrededor de las relaciones internacionales puedan acceder a los cargos y no simplemente, como ocurre hoy, que llegan los hijos de los presidentes, los amigos de la clase política, algunos incursos en corrupción» – Gustavo Petro, Presidente
«Un Gobierno de izquierda debe mandar a las embajadas de los países africanos a negros y negras; a los del Caribe, caribeños y a donde tenemos relaciones estratégicas, el que garantice o la que garantice esas relaciones» – Gustavo Petro, Presidente
En su contexto institucional, el borrador argumenta la necesidad de excluir del régimen de carrera administrativa a estos empleos de dirección, manejo y confianza por la naturaleza de sus funciones y la ejecución de la política institucional. Aunque se declara como un ajuste para alinear la normativa con jurisprudencia y principios de igualdad, también abre un debate sobre el nivel de profesionalización requerido para la representación diplomática del país y el equilibrio entre legitimidad, meritocracia y estabilidad institucional. La noticia se mantiene vigente como un tema de interés público para la política exterior y la administración pública, con expectativas sobre cómo evolucione el proceso y cuáles serán las reacciones de la Cancillería, las entidades de control y las comunidades diplomáticas internacionales afectadas.

















