Nuevo marco para la sanción a Julián López: versión oficial
La Secretaría General de la Cámara de Representantes difundió un documento que replantea la aplicación de una medida restrictiva contra Julián López, representante del partido La U y titular de la mesa directiva. En el texto, se sostiene que la restricción de voz y voto no tendrá efecto hasta la resolución definitiva del Consejo Nacional Electoral (CNE).
«La suspensión de derechos políticos se mantendrá suspendida hasta que exista una resolución definitiva del CNE»
— Jaime Luis Lacouture, Secretario General de la Cámara
La fundamentación se apoya en el artículo 11 de la Ley 1475 de 2011, que establece que, en casos de sanciones a dirigentes partidistas, la ejecución está condicionada a un proceso disciplinario con posibilidad de impugnación ante el CNE, de modo que se salvaguarde el debido proceso.
Cronología de hitos relevantes
- 20 de julio de 2025: López asume la cargo de presidente de la Cámara.
- Octubre de 2025: El representante anuncia la creación de una corriente interna llamada La Nueva U.
- 13 de noviembre de 2025: Un escrito respaldado por más de 120 congresistas solicita al comité directivo de La U la restitución de sus derechos políticos.
Reacciones y enfoque institucional
La dirección del partido subraya su autonomía constitucional para imponer sanciones y señala que esas decisiones no deben ser objeto de intervención externa. En contraposición, la Cámara mantiene que el proceso disciplinario debe agotarse con el respectivo control ante el CNE para no vulnerar derechos políticos.
«La autonomía para imponer sanciones permanece intacta y no puede ser interferida por actores externos»
— Dirección del Partido La U
Funciones del Consejo Nacional Electoral
El CNE es la instancia encargada de regular procesos electorales y, en disputas internas de partidos, su fallo determina la validez de sanciones. Su decisión es determinante para el respeto del debido proceso y la protección de derechos políticos.















