Sin alza automática: salarios sobre el mínimo exigen negociación para 2026 con IPC 5,51%

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La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, junto con la Corte Constitucional y el Departamento Administrativo de la Función Pública en su Concepto 213651 de 2023, ha aclarado que los trabajadores colombianos con salarios superiores al mínimo no contarán con un incremento automático para 2026, por lo que deberán negociar directamente con sus empleadores utilizando como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) reciente del 5,51 por ciento. Esta determinación se da en medio de la instalación de la Comisión de Concertación del Salario Mínimo el pasado 1 de diciembre, integrada por representantes del Gobierno, gremios empresariales, centrales sindicales, el Dane, el Ministerio de Hacienda y bajo la supervisión de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), con el objetivo de alcanzar un consenso antes del 15 de diciembre o, en su defecto, un decreto gubernamental hasta el 30 de diciembre que regirá para el próximo año.

En Colombia, la ausencia de una norma obligatoria para el ajuste automático de salarios por encima del mínimo legal deja en manos de la negociación directa entre empleados y empleadores la preservación del poder adquisitivo, guiada por principios constitucionales como el artículo 53 de la Constitución Política, que establece la política salarial, y recomendaciones de la Corte Constitucional para ajustes basados en la variación del costo de vida. El Concepto 213651 de 2023 del Departamento Administrativo de la Función Pública sugiere el IPC como una referencia razonable, aunque sin imponer una obligación legal, lo que implica que trabajadores con remuneraciones como dos millones de pesos podrían ajustarse a dos millones 110 mil 200 pesos aplicando ese porcentaje.

Negociaciones para el salario mínimo y auxilios

La Comisión de Concertación utiliza datos de inflación y productividad para definir el salario mínimo actual de 1.423.500 pesos, con propuestas de aumento que oscilan entre el 6 y el 11 por ciento, equivalentes a incrementos de 85.410 a 156.585 pesos. Además, los salarios hasta dos mínimos incluyen el auxilio de transporte, que se ajusta anualmente, mientras que el IPC definitivo se conocerá hasta 2026 para cálculos más precisos, subrayando la importancia de estas mesas tripartitas en la definición de políticas laborales que impactan a millones de colombianos.

Contexto judicial y constitucional

Esta situación responde a fallos y conceptos judiciales que priorizan la concertación sobre imposiciones automáticas, asegurando que cualquier ajuste respete el equilibrio entre trabajadores, empleadores y el Estado. La Corte Suprema y la Constitucional han enfatizado la necesidad de proteger el poder adquisitivo frente a la inflación, pero sin legislar incrementos obligatorios más allá del mínimo, lo que abre un espacio clave para el diálogo directo en empresas y sectores a lo largo del país.

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