SIC prohíbe agregar a grupos de WhatsApp políticos sin permiso previo

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La Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia publicó recientemente un borrador de circular abierto a comentarios públicos, con el que busca regular el tratamiento de datos personales en actividades políticas, publicitarias, de marketing y prospección de votantes, especialmente de cara a las elecciones de Congreso y Presidencia programadas para 2026. Esta medida reafirma el cumplimiento de la Ley 1581 de 2012, que exige una autorización previa, expresa e informada para cualquier manejo de información personal, y prohíbe explícitamente agregar a personas a grupos de mensajería instantánea como WhatsApp, listas de distribución, boletines electrónicos o bases de datos masivas sin verificar previamente la validez de su consentimiento.

El documento enfatiza la necesidad de garantizar la protección de datos en campañas políticas, evitando prácticas invasivas que vulneren la privacidad de los electores. Entre las prohibiciones clave se encuentran el perfilamiento político basado en datos sensibles y la creación o uso de deepfakes que suplanten identidades o atribuyan falsamente actos a individuos, lo que podría configurarse como delito de falsedad personal agravado. Además, se establece una excepción limitada para los partidos políticos, que solo podrán enviar mensajes informativos a sus miembros o contactos regulares, sin transferirlos a terceros, con el fin de preservar la transparencia en las campañas y evitar distorsiones en la deliberación democrática.

Requisitos para canales de recolección y publicidad digital

Los canales de recolección de datos deberán incluir de manera visible la Política de Tratamiento de Datos, avisos de privacidad y mecanismos claros de autorización. Se prohíbe recolectar información con finalidades engañosas o poco claras, mientras que en la publicidad digital es obligatorio informar sobre los criterios de segmentación, la lógica aplicada, las categorías de datos utilizadas, sus fuentes y el empleo de inteligencia artificial, además de mantener un registro accesible para revisión por parte de la Superintendencia. Estas directrices buscan proteger los derechos de los electores y fomentar prácticas éticas en el uso de datos durante los procesos electorales.

“no está permitido agregar a una persona a grupos de mensajería instantánea (como WhatsApp o servicios similares), a listas de distribución, boletines electrónicos o bases de datos de envío masivo, (…) sin verificar previamente la existencia y validez de la autorización”

Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), borrador de circular

“la creación o el uso de deepfakes que suplanten o atribuyan falsamente identidad, actos o manifestaciones a una persona puede constituir el delito de falsedad personal agravado”

Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), borrador de circular

Con esta iniciativa, la SIC refuerza el marco legal para unas elecciones limpias y respetuosas de la privacidad, invitando a la ciudadanía, entidades y expertos a presentar observaciones al borrador, lo que contribuirá a una mayor transparencia y confianza en el sistema democrático colombiano.

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