En Colombia, los herederos tienen un plazo impostergable de diez años contados desde el fallecimiento del causante para iniciar el proceso de sucesión por causa de muerte y reclamar la herencia, que incluye bienes, derechos y obligaciones, según lo establecido en el artículo 1326 del Código Civil. Este término aplica a hijos, padres, cónyuge o compañero permanente, hermanos y sobrinos, e incluso al Estado colombiano a través del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) en casos específicos. Si no se actúa a tiempo, existe el riesgo de prescripción adquisitiva por parte de poseedores o administradores de los bienes, lo que podría resultar en la pérdida total de la herencia.
El proceso puede adelantarse de manera notarial o judicial, y basta con que uno solo de los herederos lo inicie, conforme al artículo 1321 del Código Civil, facilitando así la adjudicación de la sucesión a título universal, que abarca todos los bienes, derechos y obligaciones, o a título singular, para bienes específicos, tal como lo define el artículo 1008 del mismo código. En ausencia de testamento, se sigue el orden legal de sucesión; de lo contrario, prevalece la voluntad del fallecido. Es crucial actuar dentro del plazo para evitar que los bienes queden ilíquidos e invendibles, acumulen deudas o sean adquiridos por terceros mediante prescripción, aunque esta solo se alega expresamente y no de oficio por el juez, con excepciones para casos que involucren capacidad jurídica como menores o incapaces.
Consecuencias y opciones para los herederos
Dejar pasar los diez años sin formalizar la sucesión conlleva graves consecuencias, como la imposibilidad de disponer de los bienes y la posible titularidad de los poseedores, sin que ello implique multas o sanciones económicas directas. La herencia no solo trae activos, sino también deudas, por lo que los herederos pueden optar por rechazarla o aceptarla a beneficio de inventario para proteger su patrimonio personal. Para formalizar el trámite, se requiere documentación esencial que será revisada minuciosamente por el notario o el juez, asegurando un proceso transparente y legal en cualquier parte del territorio colombiano.
Este recordatorio legal busca alertar a las familias manizaleñas y del Eje Cafetero sobre la importancia de actuar con prontitud, evitando disputas futuras y garantizando la correcta transmisión del patrimonio familiar, en línea con las normas del Código Civil que rigen estas materias desde hace décadas.

















