Corte Constitucional aprueba ley que elimina reportes negativos para víctimas de suplantación digital

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La Corte Constitucional de Colombia aprobó la Ley Estatutaria 190 de 2022 de la Cámara y 303 de 2023 del Senado, mediante la sentencia C-413/25, dictada por el magistrado Juan Carlos Cortés, que elimina los reportes negativos en centrales de riesgo como Datacrédito y Transunión para las víctimas de suplantación en delitos digitales. Esta norma, sancionada por el Congreso hace dos años y pendiente de la sanción presidencial del mandatario Gustavo Petro para entrar en plena vigencia, busca proteger a más de 80 mil colombianos afectados por deudas no consentidas generadas por falsedad personal en entornos digitales.

La ley establece que las víctimas deben denunciar el hecho ante la Fiscalía, notificar a la entidad financiera involucrada y aportar las pruebas correspondientes dentro de los 10 días hábiles siguientes. Una vez cumplido este trámite, la entidad está obligada a corregir el reporte en la central de riesgo, suspender cualquier cobro relacionado con la deuda y anotar explícitamente «Víctima de Falsedad Personal». Este mecanismo no solo detiene procesos de cobranza injustificados, sino que también protege el habeas data de los afectados, sin impactar su scoring crediticio ni generar rechazos en solicitudes de créditos, productos financieros o empleos, al tiempo que exige una verificación intensificada de identidad por parte de las entidades.

Protección inmediata y declaraciones de respaldo

El procedimiento se diseñó para ser ágil, sin dilaciones injustificadas, invirtiendo la carga de la prueba hacia la entidad financiera, que debe demostrar ante la justicia la legitimidad de la deuda reportada como fraude. De esta manera, se resguarda a las víctimas de las graves consecuencias que estos delitos provocan en su historial financiero y laboral, un problema creciente en el país por el auge de la suplantación digital.

“los mecanismos protegen a la víctima a través de la modificación del dato negativo en su registro personal”

Juan Carlos Cortés, magistrado de la Corte Constitucional

“La deuda se debe reportar como producto de fraude y no se debe pagar. La entidad financiera automáticamente debe suspender cualquier cobro y si está reportado, sacarlos del reporte. Quien queda con la responsabilidad de demostrar ante la justicia el caso de es la entidad financiera. Eso es lo que acaba de avalar la Corte Constitucional”

Duvalier Sánchez, representante a la Cámara

“Deberá solicitar la modificación del dato negativo, récord (scoringsscore) y cualquier otro dato que refleje el comportamiento del titular de la información, reflejando que la víctima de falsedad personal no es quien adquirió las obligaciones”

Texto de la ley

Con esta aprobación constitucional, la norma avanza hacia su implementación total una vez reciba el visto bueno del presidente Petro, representando un avance significativo en la lucha contra los delitos cibernéticos y ofreciendo alivio inmediato a miles de familias colombianas que han visto truncadas sus oportunidades por deudas ajenas.

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