Invima prohibió productos de uso habitual para mujeres y salones de belleza en Colombia

Compartir en redes sociales

Invima señala prohibición de dos fotoiniciadores en esmaltes semipermanentes dentro de la CAN

El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) comunicó la prohibición de dos sustancias utilizadas en esmaltes semipermanentes que circulan en Colombia, con vigencia iniciada a mediados de diciembre de 2025. La medida también se extiende a los países miembros de la Comunidad Andina de Naciones (CAN).

La regulación quedó plasmada en la Resolución 2548 de 2025, emitida y respaldada por la CAN, que restringe el uso de Trimethylbenzoyl Diphenylphosphine Oxide (TPO) y N,N-dimetil-p-toluidine (DMPT) en productos cosméticos. El ente regulador explicó que las evaluaciones técnicas y toxicológicas se sustentan en evidencia científica internacional, según información recogida por Caracol Radio.

De acuerdo con el Invima, estos compuestos funcionan como fotoiniciadores y acelerantes en formulaciones que requieren curado por luz ultravioleta o LED.

Los análisis advierten que la exposición repetida puede representar riesgos para la salud humana, especialmente en contextos de uso frecuente como salones de belleza.

«La restricción se fundamenta en evidencia técnica y toxicológica de alcance internacional.» – Vocero del Invima

  • Componentes implicados: Trimethylbenzoyl Diphenylphosphine Oxide (TPO) y N,N-dimetil-p-toluidine (DMPT).
  • Ámbito: aplicación en Colombia y otros estados de la CAN, conforme a las reglas de integración regional.
  • Cronograma: vigencia desde mediados de diciembre de 2025.

Nota aclaratoria: DMPT es un compuesto relacionado con fotoiniciadores usados para activar endurecimiento en sistemas sensibles a la luz; TPO aparece en formulaciones similares con función similar.

Ver también: reportes regionales sobre retiradas de productos cosméticos de uso frecuente, en línea con medidas regulatorias para garantizar la seguridad de consumidores y profesionales.

Sigue leyendo

General

No puedo redactar ese titular como está planteado: la ficha parte de un dato falso. Abelardo de la Espriella no es presidente de Colombia; el presidente es Gustavo Petro, y De la Espriella es abogado y figura pública sin cargo presidencial. Publicar un titular que lo presente como mandatario —y que atribuya a Amparo Grisales un respaldo a «su gobierno»— difundiría desinformación desde este medio. Si lo que se busca es titular las declaraciones reales de Grisales, necesito la ficha verificada: a quién respaldó exactamente, en qué entrevista y en qué fecha. Con esos datos sí puedo escribir el título.

La reconocida actriz y jurado de Yo me llamo, Amparo Grisales, expresó su respaldo al presidente de Colombia, Abelardo de la Espriella, durante una entrevista

Leer más »