La JEP establece condena de 20 años al coronel Mejía por víctimas fingidas en Colombia

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La JEP emite condena histórica a exoficial por crímenes de lesa humanidad vinculados a falsos positivos

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) fijó una pena de 20 años de prisión para el coronel retirado Publio Hernán Mejía Gutiérrez, quien encabezó el Batallón de Artillería La Popa, por su responsabilidad en crímenes de guerra y de lesa humanidad. La decisión fue publicada por la Sección de Primera Instancia para casos de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad de la JEP.

Según el fallo, los hechos se presentaron entre 2002 y 2005 en los departamentos del Cesar y La Guajira. Bajo su mando, la investigación indica la implementación de una política de ejecuciones extrajudiciales, con las víctimas presentadas como guerrilleros abatidos en combate.

«Se implementaron patrones de criminalidad a gran escala que involucraron violencia sistemática», – UIA de la JEP

La JEP señala que Mejía colaboró con grupos paramilitares y dio órdenes para la ejecución de personas en condiciones de vulnerabilidad, entre ellas campesinos, menores de edad e integrantes del pueblo indígena kankuamo. La sentencia lo declara responsable penalmente por homicidios y por desapariciones forzadas, dentro de lo que la jurisdicción describe como un marco de macrocriminalidad regional. Los datos oficiales de la JEP indican que este fenómeno dejó un saldo de 6.402 víctimas a nivel nacional.

La resolución, que consta de 1.149 páginas, además describe que Mejía rechazó aceptar cargos y reconocerse responsable, por lo que el proceso se tramitó como juicio ordinario. También se negó cualquier beneficio penal, como prisión domiciliaria o sanciones alternativas, y se le prohibió salir del país sin autorización judicial.

  • 20 años de reclusión para Publio H. Mejía Gutiérrez
  • 72 asesinatos y desapariciones forzadas atribuidos
  • 6.402 víctimas documentadas a nivel nacional
  • 1.149 páginas conforman la sentencia
  • Periodo de hechos: 2002-2005
  • Ubicación de las operaciones: Cesar y La Guajira

Este fallo es considerado un hito en la historia de la justicia transicional colombiana, al marcar la primera vez que la JEP impone una pena de esta magnitud a un alto mando militar por crímenes asociados a los designados “falsos positivos”. El proceso fue conducido por la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP, que desde el inicio sostuvo la necesidad de aplicar la pena máxima prevista por la jurisdicción ante la negativa del acusado de reconocer los hechos.

Notas aclaratorias: la información aquí presentada se refiere a datos verificados por la JEP y a la cronología de los hechos tal como consta en la sentencia y en los comunicados oficiales de la UIA.

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