La Fiscalía General de la Nación, a través del fiscal 175 local de Medellín, Carlos Arturo Gómez Osorio, y bajo la dirección de Luz Adriana Camargo, ordenó medidas de protección a favor del empresario de eventos Ricardo Leyva Páez contra su exesposa Karen Santos García, por presunta extorsión agravada. Estas medidas incluyen una prohibición absoluta de acercamiento, contacto directo o indirecto, salvo orden judicial superior, así como atención prioritaria en los CAI y acompañamiento policial proactivo, todo ello en el marco de una investigación preliminar en Medellín, Colombia, motivada por la manifestación de riesgo inminente presentada por Leyva Páez.
Las acciones se basan en una denuncia de Leyva Páez, quien acusa a Santos García de amenazas con la divulgación de un video íntimo y daño reputacional. El despacho fiscal adoptó estas precauciones ante conductas presuntamente realizadas por la indiciada, que ponen en peligro la integridad del denunciante y su núcleo familiar. Entre las medidas secundarias se encuentran rutas y protocolos de atención policial con seguimiento activo.
Detalles de la prohibición absoluta de contacto
“El Despacho Fiscal adopta estas medidas con base en la manifestación de riesgo inminente formulada por el denunciante, RICARDO LEYVA PÁEZ, en el marco de la investigación por los PRESUNTOS DELITOS de Extorsión Agravada. El riesgo manifestado por el denunciante se concreta en las siguientes conductas presuntamente realizadas por la indiciada”
Documento judicial, Fiscalía General de la Nación
La prohibición principal establece que Santos García no puede acercarse, contactar ni comunicarse con Leyva Páez o su familia por ningún medio, excepto en casos de orden judicial o legal superior, como regulaciones de visitas a hijos menores, y en ese supuesto, el contacto debe ser mínimo y preferentemente a través de terceras personas neutrales.
“Prohibición Absoluta de Contacto (MEDIDA PRINCIPAL Y CONDICIONADA): Se ordena la PROHIBICIÓN ABSOLUTA a la indiciada de acercarse, contactar o comunicarse con el denunciante o su núcleo familiar por cualquier medio, SALVO QUE EXISTA ORDEN JUDICIAL O LEGAL SUPERIOR QUE OBLIGUE DICHO CONTACTO (ej. Regulación de visitas a hijos menores). En caso de existir dicha excepción, el contacto debe ser estrictamente el necesario para cumplir el mandato legal/judicial, debiendo canalizarse preferentemente por terceras personas neutrales”
Documento judicial, Fiscalía General de la Nación
Denuncias cruzadas y contexto político
El caso se enmarca en denuncias cruzadas: mientras Leyva Páez acusa a Santos García de extorsión y hostigamiento, ella lo señala por violencia física y psicológica, incluyendo golpes que requirieron urgencias médicas, pérdida parcial de visión en un ojo, un video de persecución con cuchillo y amenazas de muerte. Santos García presentó estos videos tanto a la Fiscalía como a medios de comunicación, pero no ha recibido medidas de protección similares. Las investigaciones son manejadas por fiscales distintos sin intercambio de información en esta fase preliminar.
«La única razón por la que salí fue porque estaba huyendo, porque tenía miedo. Ese día llegamos a la casa después de haber terminado una gira de conciertos. Ricardo tiene un problema muy grande con el alcohol. Sus amigos y todas las personas que me conocen saben que yo traté de ayudarlo. Él era una persona cuando estaba con tragos y otra cuando estaba sobrio»
Karen Santos García
El caso ha cobrado relevancia nacional, con pronunciamientos del presidente Gustavo Petro y el ministro del Interior sobre las denuncias de Santos García, destacando la complejidad de estas situaciones de violencia intrafamiliar procesadas en Medellín.

















