La Fiscalía General de la Nación, a través del fiscal 175 local de Medellín, Carlos Arturo Gómez Osorio, y bajo la dirección de Luz Adriana Camargo, ha ordenado medidas de protección a favor del empresario de eventos Ricardo Leyva Páez contra su exesposa Karen Santos García, investigada por presunta extorsión agravada. Estas medidas incluyen una prohibición absoluta de contacto directo o indirecto, atención prioritaria en los CAI y acompañamiento policial proactivo, en respuesta a la denuncia presentada por Leyva en Medellín, donde alega amenazas con la divulgación de un video íntimo y daños a su reputación profesional.
Las acciones se basan en la manifestación de riesgo inminente formulada por el denunciante, en el marco de la investigación por extorsión agravada, concretándose en conductas presuntamente realizadas por Santos García, como las amenazas mencionadas. Además, se establecen rutas y protocolos de atención prioritaria, con seguimiento policial para garantizar la seguridad de Leyva y su núcleo familiar.
Detalles de las medidas judiciales
Entre las disposiciones clave figura la prohibición absoluta de que la indiciada se acerque, contacte o comunique con Leyva Páez o su familia por cualquier medio, salvo orden judicial superior, como regulaciones de visitas a hijos menores, en cuyo caso el contacto debe ser mínimo y preferentemente a través de terceras personas neutrales. Estas medidas buscan mitigar el riesgo manifestado por el empresario, quien denunció hostigamiento continuo.
«El Despacho Fiscal adopta estas medidas con base en la manifestación de riesgo inminente formulada por el denunciante, RICARDO LEYVA PÁEZ, en el marco de la investigación por los PRESUNTOS DELITOS de Extorsión Agravada. El riesgo manifestado por el denunciante se concreta en las siguientes conductas presuntamente realizadas por la indiciada.»
Documento judicial de la Fiscalía General de la Nación
«Prohibición Absoluta de Contacto (MEDIDA PRINCIPAL Y CONDICIONADA): Se ordena la PROHIBICIÓN ABSOLUTA a la indiciada de acercarse, contactar o comunicarse con el denunciante o su núcleo familiar por cualquier medio, SALVO QUE EXISTA ORDEN JUDICIAL O LEGAL SUPERIOR QUE OBLIGUE DICHO CONTACTO (ej. Regulación de visitas a hijos menores). En caso de existir dicha excepción, el contacto debe ser estrictamente el necesario para cumplir el mandato legal/judicial, debiendo canalizarse preferentemente por terceras personas neutrales.»
Documento judicial de la Fiscalía General de la Nación
Denuncias cruzadas entre las partes
El caso se complica por denuncias recíprocas: mientras Leyva Páez acusa a Santos García de extorsión y hostigamiento, ella lo señala por violencia física y psicológica intrafamiliar, respaldada en videos que muestran agresiones con cuchillo y golpes que le causaron pérdida parcial de visión en un ojo, además de haber acudido a urgencias médicas durante el matrimonio por lesiones. Santos presentó estos videos a la Fiscalía, pero hasta ahora no ha recibido medidas de protección, y las denuncias son manejadas por fiscales distintos sin intercambio de información en fase preliminar. Por su parte, Santos García ha declarado que salió del hogar huyendo por miedo, atribuyendo los problemas al consumo de alcohol de Leyva, quien cambia de personalidad cuando bebe, y asegura que intentó ayudarlo, como saben sus amigos y conocidos.
«La única razón por la que salí fue porque estaba huyendo, porque tenía miedo. Ese día llegamos a la casa después de haber terminado una gira de conciertos. Ricardo tiene un problema muy grande con el alcohol. Sus amigos y todas las personas que me conocen saben que yo traté de ayudarlo. Él era una persona cuando estaba con tragos y otra cuando estaba sobrio.»
Karen Santos García
Este conflicto, enmarcado en un divorcio contencioso, pone de manifiesto las tensiones en casos de violencia intrafamiliar con acusaciones mutuas, donde la Fiscalía debe equilibrar las protecciones mientras avanza la investigación en Medellín, sin cifras adicionales reportadas hasta el momento.

















