La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia, conocida como Dian, ha publicado el calendario tributario para 2026, un documento esencial que detalla las fechas de declaración y pago de todos los impuestos nacionales, organizados según el último dígito del Número de Identificación Tributaria o NIT de cada contribuyente. Esta herramienta, disponible en el sitio web oficial de la Dian, busca facilitar el cumplimiento oportuno de las obligaciones fiscales para personas naturales, jurídicas y grandes contribuyentes en todo el país, incluyendo plazos para el impuesto sobre la renta, el IVA, el impuesto al consumo, retenciones en la fuente, tributos a combustibles, al carbono, a plásticos de un solo uso, bebidas azucaradas y comestibles ultraprocesados, así como el Régimen Simple de Tributación, activos en el exterior y precios de transferencia.
Entre las fechas más destacadas, los grandes contribuyentes enfrentarán tres cuotas de pago del impuesto sobre la renta en febrero, abril y junio, mientras que las personas jurídicas deberán liquidar dos cuotas en mayo y julio. El impuesto al patrimonio se pagará en dos cuotas durante mayo y septiembre, y el Registro Único de Beneficiarios Finales requerirá actualizaciones en febrero, mayo, agosto y noviembre. Para las personas naturales, la declaración y pago del impuesto sobre la renta se concentrarán en septiembre y octubre, siempre de acuerdo al último dígito del NIT.
Plazos bimestrales y mensuales para IVA y otros impuestos
El calendario establece pagos bimestrales para el IVA en periodos como enero-febrero, marzo-abril, mayo-junio, julio-agosto, septiembre-octubre y noviembre-diciembre, con opciones cuatrimestrales o mensuales según el caso. El impuesto al consumo sigue el mismo ritmo bimestral que el IVA, al igual que los tributos sobre plásticos de un solo uso y bebidas azucaradas. Además, el impuesto al carbono contempla seis periodos de declaración y pago a lo largo del año. Las declaraciones de precios de transferencia vencen en septiembre, y las retenciones en la fuente se realizan de forma mensual; por ejemplo, las correspondientes a enero deben pagarse en febrero entre los días 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 23, ajustados al último dígito del NIT.
Importancia del cumplimiento oportuno
Este calendario tributario 2026 cubre exhaustivamente las obligaciones fiscales nacionales, recordando a los contribuyentes la necesidad de revisar el documento oficial en la página web de la Dian para evitar sanciones por extemporaneidad. En un contexto de mayor escrutinio fiscal, esta publicación permite una planificación precisa, beneficiando tanto a empresas como a personas naturales en regiones como Caldas y el Eje Cafetero, donde La Veintitrés Manizales sigue de cerca estos anuncios para informar a su audiencia.










