La Alcaldía de Medellín, a través de su Secretaría de Movilidad, anunció que el próximo viernes 26 de diciembre no aplicará la restricción vehicular de Pico y Placa para vehículos particulares, motocicletas ni transporte de carga, limitándose únicamente a los taxis con placas terminadas en 9, en un horario de 6:00 a 20:00 horas. Esta medida forma parte del esquema habitual que busca reducir la circulación de automóviles, mitigar la contaminación, descongestionar el tránsito y disminuir los accidentes de tráfico en la ciudad, contribuyendo así a mejorar la calidad del aire. El anuncio incluye además la rotación oficial para el segundo semestre de 2025, aplicable de lunes a viernes en horarios de 5:00 a 20:00 para particulares y motos, y de 6:00 a 20:00 para taxis.
El programa de Pico y Placa en Medellín opera diariamente modificando las restricciones según el tipo de vehículo y el dígito de la placa: el último dígito para particulares, taxis y carga, y el primer dígito para motocicletas. Funciona de manera diferenciada en comparación con otras ciudades del país, y las exoneraciones se gestionan a través del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) sin necesidad de nuevas solicitudes. Para el viernes 26 de diciembre, solo los taxis con terminación 9 estarán restringidos de 6:00 a 20:00, permitiendo la libre circulación al resto de vehículos en ese día festivo.
Calendario de rotación para el segundo semestre de 2025
En el nuevo calendario para el segundo semestre de 2025, los vehículos particulares no podrán circular los lunes con dígitos 6, 7, 8 y 9; los martes con 5 y 7; los miércoles con 1 y 8; los jueves con 0 y 2; y los viernes con 3 y 4, todos en el horario de 5:00 a 20:00. Para las motocicletas, la restricción se basa en el primer dígito de la placa, siguiendo el mismo esquema horario. Los taxis mantienen su horario de 6:00 a 20:00 con la rotación por último dígito de placa. Entre las excepciones se encuentran vehículos de emergencias, atención médica, gas natural, transporte terrestre de alimentos, servicios públicos, medios de comunicación, seguridad, movilidad reducida o discapacidad, así como aquellos con valores especiales, diplomáticos o autorizados por la Secretaría de Movilidad.
El incumplimiento de estas normas conlleva una sanción conforme al inciso C del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito Terrestre, equivalente a 15 días de salario mínimo mensual legal vigente, lo que asciende a 711.750 pesos, calculados sobre un salario diario de 47.450 pesos. Esta medida busca fomentar un transporte más sostenible en Medellín, recordando a conductores revisar siempre el último o primer dígito de su placa según corresponda a su tipo de vehículo.











