El gobierno nacional, a través de una resolución emitida el 24 de diciembre de 2025, suspendió las órdenes de captura y extradición contra cinco líderes del autodenominado Ejército Gaitanista de Colombia, conocido como Clan del Golfo, con el propósito de facilitar su traslado hacia zonas de ubicación temporal en áreas rurales de Tierralta en Córdoba, Unguía en Chocó y Belén de Bajirá también en Chocó. Esta medida, contenida en la Resolución N.º. 274 firmada bajo la dirección del consejero comisionado de Paz José Otty Patiño Hormaza y en el marco de las políticas del presidente Gustavo Petro, responde a la aceptación de buena fe de un listado proporcionado por un representante del grupo armado, permitiendo el inicio de diálogos sociojurídicos para su tránsito a la vida civil.
La suspensión, vigente hasta el 31 de diciembre de 2026 coincidiendo con la duración de las zonas de ubicación temporal establecidas en la Resolución N.º. 471 de 2025, busca propiciar un desplazamiento gradual y progresivo de los combatientes del EGC, garantizando su sometimiento a la justicia mientras se implementan compromisos de paz. Estas zonas especiales contarán con vigilancia y monitoreo por parte de entidades como la Fiscalía General de la Nación, el Ministerio de Defensa y la Misión de Apoyo al Proceso de Paz de la OEA (Mapp/OEA), que asumirán roles clave en la seguridad humana y jurídica durante el proceso, sin afectar el mantenimiento del Estado social de derecho ni las funciones de las autoridades civiles en las áreas afectadas.
Medidas de protección y contexto del proceso
El listado de los cinco cabecillas fue entregado directamente por un miembro representante del EGC al gobierno nacional y revelado recientemente por el medio Análisis Urbano, marcando un avance en el proceso de conversación sociojurídico con este grupo. Los beneficiados con la suspensión contribuirán al reconocimiento y reparación de los derechos de las víctimas, en un esquema que permite recursos de reposición y apelación contra la decisión. La Fiscalía se compromete a cumplir con la suspensión de capturas, mientras el Ministerio de Defensa adopta medidas eficaces para proteger tanto a los desplazados como a la población civil en las zonas designadas.
“recibir y aceptar de buena fe, de conformidad con el principio de confianza legítima, el listado que contiene cinco (5) nombres e identificaciones de las siguientes personas, el cual fue entregado por un miembro representante del autodenominado Ejército Gaitanista de Colombia — (a) EGC”
Resolución N.º. 274 del 24 de diciembre de 2025
“objetivo de facilitar la ubicación gradual y progresiva de combatientes del autodenominado Ejército Gaitanista de Colombia, en el marco del estado avanzado del proceso de conversación sociojurídico con este grupo y la implementación de los compromisos de tránsito a la paz y a la vida civil de sus integrantes para su sometimiento a la justicia”
Resolución N.º. 471 de 2025
“El Gobierno nacional adoptará las medidas necesarias y eficaces para brindar la seguridad humana y jurídica necesaria durante el transcurso del desplazamiento de los integrantes del autodenominado Ejército Gaitanista de Colombia hacia las zonas de ubicación temporal, así como para garantizar la protección de los derechos de la población civil”
Resolución N.º. 471 de 2025
Este paso representa un hito en los esfuerzos por desmovilizar al Clan del Golfo, uno de los grupos armados más activos en regiones como Chocó y Córdoba, donde sus acciones han impactado duramente a comunidades locales. Desde La Veintitrés Manizales, se espera que este proceso culmine en una paz efectiva que beneficie a toda la región cafetera y el país, priorizando la justicia transicional y la protección de los derechos humanos en medio de un contexto de esperanza y vigilancia.

















