El expresidente Álvaro Uribe Vélez fue absuelto este 21 de octubre de 2025 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá en el proceso por fraude procesal y soborno en actuación penal, tras haber recibido una condena en primera instancia el 28 de julio de 2025 por la jueza Sandra Liliana Heredia de conocimiento en Bogotá. La decisión revoca la sentencia inicial al considerar la ausencia de pruebas que demuestren dolo directo en las conductas imputadas, así como errores en la apreciación probatoria, incluyendo la validación de interceptaciones telefónicas y grabaciones capturadas mediante un reloj espía utilizado por el exparamilitar Juan Guillermo Monsalve desde la cárcel La Picota. El caso surgió de la investigación por la supuesta manipulación del testimonio de Monsalve en la denuncia que Uribe interpuso contra el senador Iván Cepeda, quien fue reconocido como víctima en el proceso.
En paralelo, el abogado Diego Cadena, vinculado al expresidente, recibió una sentencia de siete años de prisión domiciliaria en primera instancia por los mismos delitos. La absolución de Uribe en segunda instancia abre la puerta a posibles recursos, con una prórroga concedida hasta las 17:00 del 13 de enero de 2026 para que la Fiscalía y los apoderados de las víctimas presenten el recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia. Este plazo se extendió el 25 de noviembre de 2025, justo cuando el caso enfrentaba su prescripción en octubre de ese mismo año, lo que mantiene viva la controversia judicial.
Orígenes del proceso judicial
El litigio se remonta a 2012, cuando Uribe Vélez denunció al senador Iván Cepeda por presuntos señalamientos de vínculos con paramilitares. La Corte Suprema de Justicia abrió una investigación contra el entonces senador por posible manipulación de testigos, pero el proceso migró a la Fiscalía General tras la renuncia de Uribe al Senado. En primera instancia, la jueza Heredia aceptó pruebas como las interceptaciones telefónicas, las grabaciones de Monsalve, y los testimonios de Cepeda, Deyanira Gómez y el propio exparamilitar, lo que llevó a la condena inicial.
Argumentos de la defensa y fallas probatorias
La defensa de Uribe argumentó inconsistencias en las pruebas presentadas, invocando la confidencialidad entre abogado y cliente, y cuestionando la credibilidad de testigos como Monsalve y otros exparamilitares, cuyos relatos mostraban contradicciones. El Tribunal Superior revocó la condena al determinar que la Fiscalía omitió una verificación exhaustiva del testimonio de Monsalve y que no se configuró el dolo directo requerido para los delitos de fraude procesal y soborno. Esta resolución ha impactado significativamente la agenda política y jurídica de Colombia en 2025, reavivando debates sobre la independencia judicial y las estrategias procesales en casos de alto perfil.
Con la prórroga para casación, el caso de Uribe Vélez permanece en el limbo jurídico, mientras el expresidente y sus allegados celebran la absolución en segunda instancia, y las víctimas y la Fiscalía evalúan sus próximos pasos ante la Corte Suprema, en un proceso que ha marcado la historia reciente del país.

















