La Procuraduría General de la Nación impuso una suspensión provisional por tres meses al gerente general de Emcali, Roger Mina Carbonero, y al gerente de la Unidad Estratégica de Negocios de la empresa, José David Insuasti Avendaño, como medida cautelar en una investigación disciplinaria por presuntas irregularidades en procesos contractuales relacionados con la modernización del alumbrado público en Cali, Valle del Cauca. La decisión, que entra en vigencia a partir del lunes 29 de diciembre de 2025, busca evitar la reincidencia en faltas y cualquier influencia en la pesquisa, según determinó el Ministerio Público.
La indagación se centra en posibles vulneraciones al principio de publicidad, la ausencia de un procedimiento formal de selección de socio estratégico para la fase dos del proyecto de alumbrado público, exigencias sin respaldo documental, falta de cronogramas y transparencia, así como la aplicación de un manual interno que excluye alianzas estratégicas y la no publicación en Secop II conforme a la Ley 2195 de 2022. Todo esto surge en el contexto de invitaciones no vinculantes enviadas a compañías sin que se haya formalizado ningún contrato, lo que ha llevado a la Procuraduría a requerir información detallada sobre el contrato 500-CCT-3176-2025 con Moreno Servicios Legales S.A.S., proyectado por 20 años aunque con cuantía no definida, tras respuestas previas consideradas generales y evasivas el 5 de diciembre de 2025.
Fundamentos de la decisión de la Procuraduría
En su resolución, la Procuraduría destaca graves deficiencias en la etapa de planeación del proceso, señalando que resulta imposible conocer los actos que la componen, ya que ningún documento indica lo pertinente, lo cual no solo viola normas internas sino también principios de la función administrativa como la buena fe, la confianza legítima y el debido proceso, de rango constitucional. Esta medida cautelar también previene la participación de los investigados en nuevos procesos contractuales, mientras Emcali asegura que se encuentra en fase de análisis y planeación sin contratos firmados.
“resulta imposible, como para cualquier ciudadano, conocer cuáles son los actos que hacen parte de la etapa de planeación, si en ningún documento se indica lo pertinente”
Procuraduría General de la Nación
“No constituye solamente una posible violación a esa norma interna, sino a los principios de la función administrativa y otros principios de rango constitucional como la buena fe, la confianza legítima y el debido proceso”
Procuraduría General de la Nación
Por su parte, Empresas Municipales de Cali (Emcali) ha reportado que atendió en su totalidad las observaciones de la Procuraduría y enfatiza su compromiso con la transparencia y la legalidad, afirmando que la entidad continuará atendiendo de manera estricta las recomendaciones y requerimientos de los órganos de control para garantizar la continuidad institucional, operativa y administrativa de la empresa.
“Emcali, como entidad, continuará atendiendo de manera estricta las recomendaciones y requerimientos de los órganos de control garantizando la continuidad institucional, operativa y administrativa de la empresa”
Empresas Municipales de Cali (Emcali)
Este caso pone de manifiesto los desafíos en la gestión contractual de entidades públicas en el Valle del Cauca, donde la vigilancia de los entes de control busca blindar la ejecución de proyectos de infraestructura clave como el alumbrado público frente a posibles irregularidades que afecten la confianza ciudadana y el erario público.

















