El abogado colombiano Santiago Vélez ha solicitado formalmente a la Oficina de Control de Bienes Extranjeros de Estados Unidos, conocida como Ofac, que revise si recursos públicos del presupuesto nacional de Colombia financiaron la defensa legal del presidente Gustavo Petro a través del Contrato No. 001-2026 suscrito por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, o Dapre. Esta petición se basa en información pública y en una resolución de la Procuraduría General de la Nación, que inició una indagación previa el 15 de enero de 2026 sobre el acuerdo, el cual fue firmado el 9 de enero de ese año con vigencia hasta el 30 de abril y adjudicado por contratación directa a la firma Amadeus Consultancy Limited, con sede en el Reino Unido, para prestar servicios jurídicos especializados en sanciones financieras internacionales.
El contrato, valorado en 10.000 millones de pesos y financiado en su totalidad con recursos del presupuesto nacional colombiano, prevé pagos en moneda extranjera, lo que genera preocupaciones sobre su posible uso para fines personales del mandatario, quien figura en la Lista Clinton de sancionados por Estados Unidos junto a su esposa, su hijo y el ministro del Interior. Vélez argumenta que esta contratación podría implicar una desviación de poder y un detrimento patrimonial para el Estado, al priorizar intereses individuales sobre los institucionales, especialmente considerando las regulaciones de la Ofac que prohíben transacciones con personas bloqueadas sin autorización previa, incluyendo movimientos de fondos públicos a través de bancos o firmas con vínculos estadounidenses.
Indagación de la Procuraduría y defensa del Dapre
La Procuraduría General de la Nación abrió la indagación previa apenas seis días después de la suscripción del contrato, cuestionando si se trata de un uso indebido de fondos públicos para objetivos no institucionales. En su carta a la Ofac, Vélez cita la resolución de la Procuraduría para enfatizar que el acuerdo está financiado exclusivamente con plata del erario nacional y que, de confirmarse irregularidades, configuraría una desviación de poder con graves implicaciones patrimoniales.
“la resolución confirma que el contrato está financiado exclusivamente con recursos del presupuesto nacional colombiano y expresa preocupaciones en el sentido de que, de comprobarse, el uso de recursos públicos podría estar orientado principalmente a intereses personales del presidente de la República y no a un interés institucional o colectivo del Estado”
Santiago Vélez, abogado
“podrían constituir una desviación de poder, el uso indebido de recursos públicos para fines no institucionales y un detrimento patrimonial para el Estado”
Procuraduría General de la Nación, vía carta de Vélez
Por su parte, el Dapre ha salido al paso de las acusaciones defendiendo la contratación como una práctica recurrente desde 1938, implementada en gobiernos anteriores como los de Álvaro Uribe, Juan Manuel Santos e Iván Duque, con referencias a la base de datos FARA del Departamento de Justicia de Estados Unidos. La entidad oficial insiste en que el contrato no constituye un hecho excepcional ni responde a intereses personales del presidente o de algún funcionario en particular.
“no constituye un hecho excepcional ni responde a intereses personales”
Dapre, pronunciamiento oficial
“no es la defensa personal del presidente de la República ni de ningún funcionario en particular”
Dapre, pronunciamiento oficial
Esta controversia pone en el centro del debate las implicaciones de las sanciones estadounidenses sobre las finanzas públicas colombianas, ya que la Ofac podría evaluar si el movimiento de estos fondos viola prohibiciones contra elusión de sanciones, con excepciones limitadas para servicios legales que no cuenten con financiamiento de terceros soberanos sin licencia expresa. La solicitud de Vélez busca esclarecer si bancos o entidades relacionadas con Estados Unidos facilitaron estas transacciones, en un contexto de creciente escrutinio internacional sobre el manejo de recursos estatales en Colombia.















