Especialistas tributarios como Juan Pablo Díaz, abogado de Holland & Knight, y Guillermo Benítez, director ejecutivo de Foccus Consultores, han identificado errores comunes en la declaración de renta que se presentará en 2026 por el año gravable 2025, los cuales pueden duplicar el impuesto adeudado y generar sanciones de hasta el 200% tanto para personas naturales como para empresas, según alertas emitidas en el contexto de las regulaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian). En Colombia, quienes hayan tenido ingresos brutos iguales o superiores a 73.323.600 pesos, equivalentes a 1.400 unidades de valor tributario (UVT), estarán obligados a declarar, con un calendario para personas naturales que se extenderá de agosto a octubre.
Estos fallos recurrentes, repetidos en el ciclo declarativo del año gravable 2025, incluyen omisiones de ingresos, falta de soportes adecuados y no aplicar deducciones permitidas, lo que activa los sistemas de cruce de información de la Dian, auditorías y requerimientos oficiales. Las consecuencias abarcan no solo mayores impuestos, sino también sanciones especiales por omisión de activos o inclusión de pasivos inexistentes, intereses de mora y fiscalizaciones que pueden complicar la situación del contribuyente durante hasta cinco años, dado que los soportes son exigibles por ese período.
Errores frecuentes que multiplican la carga tributaria
Entre los descuidos más habituales, Juan Pablo Díaz enfatiza la necesidad de preparar con antelación la declaración. “Se debe evitar presentar la declaración de renta sin haber recopilado y verificado los debidos soportes de los activos, pasivos, ingresos, costos y gastos que pueden detraerse para reducir el impuesto, así como posibles exenciones o beneficios fiscales aplicables en cada caso”, advierte el experto de Holland & Knight.
“Omitir por error o por ausencia de información detallada cifras de los activos o pasivos, y en especial de los ingresos, podría implicar una eventual auditoría y fiscalización por parte de la administración tributaria que impliquen la liquidación de mayores impuestos, con sanciones e intereses de mora, como sanciones especiales por omisión de activos o inclusión de pasivos inexistentes que pueden llegar hasta del 200%”.
Juan Pablo Díaz, abogado de Holland & Knight
Para las personas naturales, los errores incluyen dejar la declaración para el último momento, no informar ingresos por arriendos, actividades independientes o rendimientos financieros, ignorar deducciones como intereses de vivienda o aportes a pensiones, y presentar soportes irregulares. En el caso de las empresas, se destacan fallos como no distinguir la utilidad en ventas de activos de la recuperación de depreciación, incluir gastos no deducibles, omitir ingresos financieros, y no reportar préstamos a socios o activos en el exterior.
Recomendaciones de expertos ante umbrales cambiantes
Guillermo Benítez subraya que “declarar apoyándose solo en los valores registrados sin realizar los ajustes fiscales obligatorios suele traducirse en una mayor obligación tributaria”. Los umbrales para ingresos, patrimonio, movimientos bancarios y consumos con tarjeta de débito o crédito cambian anualmente por determinación de la Dian, lo que exige una revisión detallada para evitar estos tropiezos repetidos.
“Declarar apoyándose solo en los valores registrados sin realizar los ajustes fiscales obligatorios suele traducirse en una mayor obligación tributaria”.
Guillermo Benítez, director ejecutivo de Foccus Consultores
La obligación de declarar aplica a todas las personas naturales y jurídicas que cumplan los requisitos establecidos por la Dian, y los especialistas insisten en la importancia de contar con asesoría profesional para recopilar información precisa y evitar requerimientos que deriven en auditorías costosas. Fuentes como Holland & Knight, Foccus Consultores y la propia Dian respaldan estas alertas, recordando que una preparación adecuada puede marcar la diferencia en el cumplimiento tributario nacional.















