El Juzgado Duodécimo Penal Municipal de Cartagena declaró improcedente la acción de tutela interpuesta por un grupo de cocheros, conocidos como ‘chambaculeros’, contra el decreto 2258 de 2025 emitido por la Alcaldía de Cartagena. Esta providencia judicial, notificada el 20 de enero, mantiene vigente la sustitución de los tradicionales coches de tracción animal por 62 carrozas eléctricas en el Centro Histórico de la ciudad, al considerar que no se acreditó evidencia de vulneración de derechos ni perjuicio irremediable para los demandantes.
Los cocheros alegaron en su tutela afectaciones al debido proceso, al derecho al trabajo, al mínimo vital, a la defensa y a la justicia ambiental, además de solicitar la suspensión del decreto y una indemnización cercana a los 71.000 millones de pesos por la pérdida de ingresos. Sin embargo, el juez examinó los requisitos de la tutela y concluyó que no se presentó una relación laboral formal, legal o verbal directa con el Distrito de Cartagena, ni condiciones que los posicionen como sujetos de especial protección constitucional. La decisión obliga a los cocheros a recurrir a vías judiciales ordinarias para sus reclamos.
Fundamentos del fallo y defensa de la modernización
El decreto 2258 de 2025 reglamenta la transición hacia carrozas eléctricas para el transporte turístico, exigiendo además un nivel básico de inglés para su operación, requisito que el juez rechazó como exclusión arbitraria. La Alcaldía de Cartagena defiende la medida como un avance en modernización urbana, protección animal y respuesta a antecedentes documentados de maltrato a caballos, incluyendo muertes por jornadas prolongadas y malos tratos en el Centro Histórico.
“Aunque los accionantes aluden a determinadas circunstancias que, en su criterio, comprometerían dicho derecho, no aportaron elementos materiales de prueba que permitan acreditar la existencia de una relación laboral sea formal, legal o incluso de carácter verbal directa con el Distrito, ni tampoco condiciones particulares que los sitúen en una categoría de sujeto de especial protección constitucional”.
Juzgado Duodécimo Penal Municipal de Cartagena, en el fallo judicial
“Lejos de advertirse una vulneración, se aprecia que las decisiones administrativas cuestionadas se ajustan a los parámetros de progresividad y protección ambiental que ha reconocido la jurisprudencia constitucional”.
Juzgado Duodécimo Penal Municipal de Cartagena, en el fallo judicial
Con esta resolución, la implementación de las 62 carrozas eléctricas prosigue sin interrupciones, alineándose con los esfuerzos por preservar el patrimonio histórico de Cartagena mediante alternativas sostenibles y libres de explotación animal, mientras los cocheros exploran otras instancias legales para defender su sustento tradicional.















