El Juzgado Octavo de Familia de Oralidad de Barranquilla, a cargo de la jueza Auristela de la Cruz Navarro, formalizó este semana el divorcio entre Nicolás Petro Burgos, quien actuó como demandante, y Daysuris del Carmen Vásquez Castro, disolviendo así la sociedad conyugal sin imponer obligación alimentaria ni ordenar un reparto inmediato de bienes. La sentencia, que ya fue conocida por Caracol Radio, manda inscribir el divorcio en los registros civiles y exime a las partes de costas procesales.
El matrimonio entre ambos se celebró en abril de 2019 y la convivencia se mantuvo hasta octubre de 2022, cuando surgieron diferencias irreconciliables que llevaron a la separación. El proceso se tramitó por la causal décima del artículo 154 del Código Civil colombiano, que permite el divorcio a solicitud de uno solo de los cónyuges, en este caso impulsado por Nicolás Petro, quien solicitó que la división de bienes se aborde en una etapa posterior.
Escándalos judiciales en el trasfondo
El divorcio se produce en medio de un complicado contexto judicial para Daysuris del Carmen Vásquez Castro, conocida como Day Vásquez, quien fue arrestada en julio de 2023 por presuntos delitos de lavado de activos y enriquecimiento ilícito. A cambio de un principio de oportunidad, ella accedió a declarar en contra de Nicolás Petro, cumpliendo hasta el momento el 90 por ciento de sus compromisos de colaboración con la Fiscalía. Su participación sigue pendiente en el juicio oral que se sigue contra el excongresista por estos mismos casos.
“AL FIN… YA ERA HORA!!”
Daysuris del Carmen Vásquez Castro
Con esta decisión judicial, las partes quedan liberadas de cualquier obligación alimentaria mutua, mientras que la repartición de los bienes conyugales quedará definida en un proceso separado, dejando atrás un capítulo marcado por tensiones personales y ramificaciones penales que continúan desarrollándose en los tribunales colombianos.















