Isagen pide a Corte Constitucional de Bogotá suspender impuesto del 2,5% a generadoras

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La empresa Isagen presentó ante la Corte Constitucional de Colombia, específicamente en el despacho del magistrado Vladimir Fernández, una solicitud formal para suspender de inmediato el Decreto 044, que impone un nuevo impuesto al sector energético y que considera flagrantemente inconstitucional. Esta petición, impulsada por el abogado Rafael Rincón, argumenta perjuicios irreparables para las generadoras de energía y busca una resolución que podría definirse en las próximas horas, en medio de la emergencia económica decretada el 29 de enero de 2025 mediante el Decreto Legislativo 1390.

El Decreto 044, expedido en el marco de esa emergencia ya suspendida provisionalmente por la Corte, establece un impuesto del 2,5% sobre las utilidades de las generadoras de energía y un pago en especie equivalente al 12% sobre la energía hidráulica transada en bolsa, medidas que Isagen califica de desconectadas de los hechos que motivaron la declaratoria de excepción, careciendo de conexidad y necesidad. Además, el decreto presenta irregularidades como la falta de firma de la ministra de Ambiente en funciones, lo que refuerza los argumentos de inconstitucionalidad.

Contexto de la suspensión de la emergencia económica

La Corte Constitucional ya había suspendido provisionalmente la declaratoria de emergencia económica del Decreto 1390 de 2025 y el Decreto Legislativo 1474 de 2025, por ponencia del magistrado Carlos Camargo, con una votación de seis magistrados a favor y dos en contra. Esta decisión implica la suspensión de los decretos derivados, como el 044, que permanece vigente a la espera de pronunciamiento. Vladimir Fernández, quien fue secretario jurídico del presidente Gustavo Petro, recibe ahora esta misiva de Isagen, respaldada también por la Asociación Nacional de Empresarios (Andi) en su apoyo a la suspensión provisional de la emergencia.

«flagrantemente inconstitucional»

Rafael Rincón, abogado de Isagen

La consecuencia directa y necesaria de esta decisión es la suspensión de los decretos que desarrollaron el estado de excepción declarado mediante el Decreto 1390, como lo reconoció la Corte al suspender los efectos del Decreto Legislativo 1474 de 2025. La misma consecuencia debe ser aplicada en relación con el Decreto 0044.

Rafael Rincón, abogado de Isagen

La medida podría generar perjuicios irreparables no solo a las empresas generadoras de energía, sino también al Estado colombiano, al alterar el equilibrio del sector en un momento crítico, mientras la Corte evalúa la procedencia de la solicitud en un fallo que definirá el futuro inmediato de estas cargas tributarias excepcionales.

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