La Ley 2445 de 2025 ha transformado el régimen de insolvencia para personas naturales en Colombia, facilitando el acceso a deudores con descuentos automáticos, pensionados y pequeños comerciantes, lo que ha generado un aumento histórico en las solicitudes de insolvencia. En 2024 se registraron 10.459 personas declaradas insolventes, cifra que saltó a 18.743 en 2025, el mayor incremento registrado hasta la fecha, y en enero de 2026 ya se contabilizaron 1.550 solicitudes, un 28% más que en el mismo mes del año anterior. Estas reformas, que entraron en vigor este año, permiten la suspensión inmediata de embargos sobre sueldos, honorarios, bienes, cuentas bancarias, así como el freno a cobros, demandas y descuentos por libranza realizados por empleadores o fondos de pensiones, desde el momento en que el conciliador admite la solicitud.
Vanessa Méndez Farfán, abogada y asesora de deudores en Mendez y Mendez Abogados, explica que el proceso inicia con la radicación de una solicitud en centros de conciliación autorizados, notarías con conciliadores habilitados, cámaras de comercio o consultorios jurídicos universitarios, acompañada de documentación básica que demuestre la imposibilidad de cumplir con las obligaciones. Una vez revisada por el conciliador, si todo está en orden o se corrige en un plazo corto, se admite el proceso y los alivios se activan de inmediato. Esta normativa corrige las limitaciones de la ley anterior, que excluía a pensionados, trabajadores con créditos de libranza en salud, comercios o servicios financieros, y pequeños comerciantes cuyos bienes no superen los 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, excluyendo vivienda y vehículo personal.
Crecimiento explosivo y beneficios inmediatos
El impacto de la reforma es evidente en el crecimiento de solicitudes post-reforma, que ha hecho noticia por su magnitud. Para pequeños comerciantes, se suspende la captura de vehículos no inmovilizados, aunque no aplica devolución si ya fueron incautados previamente. Es crucial verificar los lugares autorizados antes de acudir, ya que el proceso no es automático y requiere seguir cinco pasos precisos. La suspensión de descuentos ya no depende de la decisión del banco, sino que obliga directamente al empleador o fondo de pensiones, con la posibilidad de exigir la devolución de lo descontado indebidamente.
«Una vez se radica la solicitud, el conciliador revisa si todo está en orden. Si falta algo, da un plazo corto para corregirlo. Si se cumplen los requisitos, el proceso es admitido y el alivio se siente desde ese instante.»
Vanessa Méndez Farfán, abogada y asesora de deudores de Mendez y Mendez Abogados
«Esta decisión ya no depende del banco: es el empleador o el fondo de pensiones quien debe suspenderlos. Si no lo hacen, pueden estar obligados a devolver el dinero descontado.»
Vanessa Méndez Farfán, abogada y asesora de deudores de Mendez y Mendez Abogados
Estas reformas representan una salida legal esperada por miles de deudores atrapados en ciclos de endeudamiento, ofreciendo un respiro financiero inmediato y promoviendo la conciliación como herramienta accesible para la recuperación económica personal y comercial en el país.















