Abogado pide al CNE ejecutar revocatorias de listas del Pacto Histórico en Bogotá, Cundinamarca, Valle del Cauca y Cauca

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El abogado Nicolás Farfán Namén presentó una solicitud urgente ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) para garantizar la ejecución de las resoluciones que revocaron las inscripciones de listas a la Cámara de Representantes de la coalición Pacto Histórico en cinco circunscripciones clave: Bogotá, Cundinamarca, Valle del Cauca, Cauca y la circunscripción internacional. La petición, radicada el 9 de febrero de 2026 en Bogotá, exige la verificación inmediata del cumplimiento de estas decisiones, la adopción de medidas de ejecución forzosa y la apertura de un procedimiento sancionatorio contra el Pacto Histórico y la Registraduría Nacional del Estado Civil, tras la presunta reinscripción completa de las listas a nombre de la coalición el día anterior, el 8 de febrero.

Esta acción surge del contexto de las revocatorias ordenadas por el CNE por violación del inciso quinto del artículo 262 de la Constitución Política, amparadas en el artículo 265 numeral 12, que incluyeron un parágrafo permitiendo la inscripción individual de candidatos dentro del plazo legal. Farfán Namén argumenta que la reinscripción realizada por el Pacto Histórico constituye una sustitución del sujeto inscriptor, incompatible con la sentencia C-490 de 2011 de la Corte Constitucional, lo que genera un riesgo de perjuicio irremediable en el proceso electoral, especialmente en etapas preclusivas. El documento fue remitido al CNE con copia a la Misión de Observación Electoral de la Unión Europea, solicitando trámite prioritario conforme al artículo 20 de la Ley 1437 de 2011 y la imposición de sanciones bajo la Ley 1475 de 2011 contra el Pacto Histórico y Colombia Humana.

Advertencias del presidente del CNE sobre el impacto en las elecciones

En medio de la controversia, el presidente del CNE, Cristian Quiroz, ha enfatizado la vigencia de las competencias del Consejo más allá del cierre de modificaciones a las listas, subrayando que la facultad de investigar y sancionar se extiende hasta un día antes de las elecciones. Además, aclaró que los votos obtenidos por candidatos revocados no se cuentan a título personal, sino a la lista o agrupación política adscrita, y que, ante la imposibilidad de modificar las listas, el CNE podría abstenerse de declarar la elección de dichos aspirantes, con los sufragios no contabilizándose como válidos durante el escrutinio.

«la facultad del Consejo Nacional Electoral no termina con el cierre de la posibilidad de modificar listas; la competencia de investigar y sancionar se mantiene hasta un día antes de las elecciones»

Cristian Quiroz, presidente del CNE

«los votos no se le cuentan al candidato revocado, sino a la lista o agrupación política a la que estaba adscrito»

Cristian Quiroz, presidente del CNE

«como ya no es posible modificar la lista, el Consejo puede no declarar la elección, y esos votos no se contabilizan al candidato sino a la organización política»

Cristian Quiroz, presidente del CNE

Esta solicitud representa un punto crítico en el desarrollo de las elecciones legislativas, donde el cumplimiento estricto de las normas constitucionales podría alterar significativamente la distribución de curules en la Cámara de Representantes, afectando no solo a los implicados sino al equilibrio político nacional en un momento de alta tensión preelectoral.

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