Consejo de Estado en Bogotá asume competencia en demanda contra Petro por inasistencias como senador

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El Consejo de Estado de Colombia, en reunión de su Sala Plena celebrada el 10 de febrero de 2026, resolvió que tiene competencia para tramitar la demanda de pérdida de investidura presentada en noviembre de 2022 contra Gustavo Petro, actual Presidente de la República y exsenador, por inasistencias injustificadas a sesiones plenarias del Senado. El expediente se abrió en febrero de 2023, y la decisión se tomó tras un intenso debate jurídico sobre el fuero presidencial, determinando que los hechos investigados corresponden a su etapa como congresista en 2018, cuando se alegan al menos cinco ausencias a sesiones plenarias sin justificación adecuada, superando el límite constitucional de seis reuniones en un mismo período de sesiones establecido en el parágrafo 2 del artículo 183 de la Constitución Política.

La demanda, que inicia en primera instancia en el ámbito contencioso administrativo, destaca una de las inasistencias ocurrida el 28 de agosto de 2018, cuando Petro argumentó padecer tortícolis según excusa de un médico privado, Jorge Barrios, la cual no fue transcrita ni convalidada por la EPS Sanitas, a la que pertenecía el congresista. El escrito de la demanda critica esta práctica al afirmar que es costumbre que los congresistas acudan a consultorios de garaje para justificar ausencias, exigiendo un control más riguroso para servidores públicos. Pedro Alejandro Carranza, abogado de la defensa de Petro, participa en el proceso, que no genera efectos inmediatos en la curul del mandatario pero podría sentar jurisprudencia sobre la competencia judicial en casos de cambio de cargo con fuero especial.

Debate sobre competencia y fuero presidencial

En noviembre de 2022, el Consejo de Estado había considerado inicialmente no competente por el fuero presidencial de Petro, pero admitió el proceso tras un nuevo recurso. La pregunta central que se planteó, según reportó El Tiempo, fue si el Consejo de Estado debe resolver sobre una solicitud de pérdida de investidura de un senador cuando el demandado es Presidente en ejercicio. Esta resolución intensifica el debate institucional entre la Presidencia y las altas cortes, centrado en hechos del período parlamentario pese al actual cargo ejecutivo.

“El 28 de agosto de 2018, el señor Petro Urrego no asistió a la sesión plenaria programada para ese día, argumentando para ello, que padecía de una torticolis según se extrae de la excusa dada por el médico privado Jorge Barrios. La excusa no fue transcrita ni convalidada con la EPS Sanitas a la que pertenece el congresista demandado”

Escrito de la demanda

“es costumbre que los congresistas acudan a consultorios de garaje para justificar sus inasistencias, y por ello, el empleo público debe tener una instancia más rigurosa para controlar a los servidores públicos que se valen de estas acciones para justificar sus faltas al empleo público”

Escrito de la demanda

Esta decisión del Consejo de Estado marca un precedente relevante en el control político y disciplinario de altos funcionarios, subrayando que las acciones pasadas como legislador no quedan exentas de escrutinio judicial aun en ejercicio de la Presidencia, y abre la puerta a un análisis detallado de las justificaciones médicas presentadas por Petro en su momento como senador.

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