Ministra Kadamani cuestionada por contratos estatales a madre y hermano

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La ministra de las Culturas, las Artes y los Saberes, Yannai Kadamani, enfrenta serios señalamientos por la adjudicación de contratos estatales a su madre y su hermano con entidades del Gobierno nacional de Colombia. Según la información revelada, la madre de la ministra ha suscrito seis contratos durante la actual administración, incluyendo tres de ellos en enero de 2026 por un valor superior a los 313 millones de pesos, lo que ha desatado un debate público sobre posible conflicto de interés. Aunque Kadamani niega cualquier intervención en estos procesos, expertos en derecho público advierten que la legalidad de estas adjudicaciones depende estrictamente de la ausencia de influencia directa por parte de la funcionaria, conforme al artículo 126 de la Constitución Política.

Los señalamientos surgen precisamente por el parentesco familiar, pero no existe una prohibición general para que parientes de servidores públicos participen en contrataciones estatales. La ilegalidad solo se configuraría en dos escenarios específicos: si la ministra interviene directamente en el proceso de selección o si se evidencia un favorecimiento indirecto derivado de su cargo. En este sentido, no hay ilegalidad automática por el mero parentesco si Kadamani no tiene competencia ni autoridad sobre las entidades contratantes involucradas. De ocurrir un conflicto de interés, la ministra estaría obligada a declararse impedida, bajo riesgo de incurrir en responsabilidad disciplinaria según la Ley 1952 de 2019.

La defensa de la ministra y el análisis legal

En respuesta a las acusaciones, Yannai Kadamani ha sido enfática al rechazar cualquier participación en los procesos. Francisco Bernate, abogado experto en derecho público, ha precisado que el debate político no siempre equivale a ilegalidad, y que no habría problema legal siempre y cuando no se presente intervención directa ni favorecimiento indirecto por parte de la ministra.

«No he intervenido, ni incidido en ningún proceso de contratación en los que haya participado mi madre o hermano (…) no existe incompatibilidad, inhabilidad ni conflicto de interés alguno»

Yannai Kadamani, ministra de las Culturas, las Artes y los Saberes

«En la medida en que no se dé ni el uno ni el dos, no habría problema»

Francisco Bernate, abogado experto en derecho público

«No todo lo que genera debate político constituye una ilegalidad»

Francisco Bernate, abogado experto en derecho público

El artículo 126 de la Constitución prohíbe explícitamente a los servidores públicos contratar con familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad cuando estos últimos tengan poder de decisión o intervención directa en el proceso. Este caso pone a prueba los mecanismos de control y transparencia en las contrataciones estatales, especialmente en un contexto donde los lazos familiares podrían generar percepciones de favoritismo, aunque la ausencia de prueba concreta sobre influencia directa inclina la balanza hacia la legalidad hasta que se demuestre lo contrario.

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