La Veintitrés

Reforma laboral, tan controvertida como la primera

Gobierno del Cambio radicó este jueves el proyecto de ley de la Reforma Laboral
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Con 16 artículos nuevos y cambios en los textos de algunos articulados ya presentados anteriormente, la segunda propuesta del Gobierno plantea un proyecto de reforma laboral con 92 artículos, manteniendo las bases que defiende.

La radicación ante la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes por parte de la Ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, originó comentarios adversos y a favor, aunque de todas maneras tomó por sorpresa a todos sus integrantes. Miremos algunas novedades del nuevo proyecto presentado por el Gobierno Petro, tras haber fracasado en su primer intento en la anterior legislatura. 

Algunos cambios

–       Lo domiciliarios tendrían un contrato independiente en donde la empresa asume el 60% de la seguridad social y 40% el trabajador. Estos podrían trabajar en varias plataformas, que deberán pagar el 100% del aporte a riesgos profesionales.

–       Se podrán celebrar contratos de prestación de servicios u otros contratos civiles con personas naturales para realizar actividades permanentes, pero no subordinadas.

–       Otro cambio tiene que ver con las nuevas formas de contratación. “El contrato de trabajo doméstico, el contrato de trabajo agropecuario, el contrato laboral de aprendizaje, los modos de vinculación de trabajadores y trabajadoras a plataformas digitales tecnológicas de reparto; garantías en favor de deportistas, entrenadores, artistas y periodistas; protección del trabajo familiar y comunitario; así como fórmulas que permitirán a los trabajadores y trabajadoras transitar hacia la economía formal mediante la generación de incentivos, que prioricen los micronegocios y que permitan la adecuada implementación del Plan Nacional de Desarrollo”, dice el texto. 

–       Se ampliará la licencia de paternidad a tres meses y se dará licencia de paternidad y maternidad a parejas del mismo sexo. 

–       Se permitirá a algunas empresas hacer pagos parciales de la seguridad social.

–       Una vez entrada en vigencia la Ley, el teletrabajo tiene seis meses para ser implementado. Empresas que tengan entre 20 y 50 trabajadores deben promover un 5% de las nuevas modalidades. Las que tengan entre 50 y 200, un 10% y las que tengan más de 201 deben tener un 15 %.

–       Se regula el trabajo de los periodistas, personas del sector audiovisual y las artes. “Se deberán respetar los límites máximos de la jornada laboral“. 

–       La estabilidad laboral reforzada aplicará a personas con fuero sindical, con estabilidad ocupacional reforzada embarazadas y sus cónyuges, y los pre- pensionados.

–       Los trabajadores tendrán garantías antes de ser despedidos. Se respetará: la dignidad del trabajador, tener presunción de inocencia, permitir el derecho a la defensa, contradicción y controversia de las pruebas, la lealtad y buena fe, imparcialidad, respeto al buen nombre y a la honra, entre otros. 

–       La jornada laboral nocturna comenzará a las 7 pm. “En ningún caso, las horas extras de trabajo, diurnas o nocturnas, podrán exceder de dos horas diarias y 12 semanales“.

–       En los contratos a término fijo y por obra o labor, la indemnización mínima pasa de 15 a 45 días de salario.

–       Se prohíbe la celebración de contratos con empresas de servicios temporales para atender necesidades permanentes de las empresas.

Lo que se mantiene

Se mantiene la contratación a término indefinido y se abre la posibilidad a nuevos contratos. Los recargos dominicales llegarán al 100%, con régimen de aplicación progresiva hasta 2026.

Mantiene la reducción de la jornada a 42 horas semanales, pero rescata la aplicación gradual de la Ley 2101 de 2021.

Reacciones 

Todos los gremios reaccionaron diciendo que no conocieron los textos de la reforma y menos tenidos en cuenta para redactarla.

El Presidente de FENALCO, Jaime Alberto Cabal, dijo que “Aunque estamos analizando minuciosamente los artículos adicionales que introdujo el Gobierno, es importante resaltar que no fuimos tenidos en cuenta para la construcción de este proyecto. De hecho, ni siquiera fue convocada la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, escenario principal para debatir este tema tan importante para el futuro del país

Andesco, Asociación Nacional de Empresas de Servicios Públicos y Comunicaciones, dio a conocer un comunicado a través del cual rechaza la nueva propuesta de reforma laboral planteada por el gobierno nacional. Dice el gremio que al gobierno no le interesa ningún acuerdo con el empresariado colombiano. Manifestaron su preocupación por el derecho a la huelga en las empresas de servicios públicos, algo que está prohibido en la Constitución, al igual que la extensión de la responsabilidad solidaria de los empresarios por las obligaciones salariales, “Esta medida desestimula los procesos de tercerización y subcontratación que hoy son una alternativa válida para los empresarios que contribuyen a la generación de empleo“, dijeron.

El Presidente de la ANDI, Bruce Mac Master, indicó que “no se puede cometer el error de dejar a miles de familias sin empleoComo miembros de la Comisión Tripartita de Políticas Laborales le habíamos solicitado formalmente al Ministerio que citara a una reunión para debatir un nuevo proyecto. Esto no sucedió. Le pedimos adjuntar al proyecto la evaluación de impacto sobre el empleo hechos por el gobierno. Todos necesitamos saber si se crean o destruyen empleos. Hoy nos encontramos con esto“.

Las empresas de servicios temporales, agremiadas en Acoset se mostraron preocupadas por las propuestas en la nueva reforma laboral, que las deja en riesgo de desaparecer: “Con gran preocupación, la Asociación Colombiana de Empresa de Servicios temporales manifiesta su inconformidad con el proyecto de reforma laboral radicado recientemente y que pone en riesgo el empleo formal flexible que en la actualidad ocupa a más de 448.000 personas con trabajo decente e inclusivo”.

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