El Juzgado Trece Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Bogotá, a cargo de la jueza Ana Sidney Cely Pérez, declaró improcedente la acción de tutela interpuesta por el abogado Moisés David Garvín Hernández, esposo de Sondra Macollins, contra el abogado y candidato presidencial Abelardo de la Espriella. La providencia, firmada el 6 de marzo de 2026, se refiere a declaraciones realizadas por De la Espriella el 12 de febrero del mismo año, en las que vinculaba a Garvín Hernández con supuestos contratos multimillonarios con el Gobierno, además de asociaciones con los políticos Roy Barreras y Juan Fernando Cristo.
Garvín Hernández argumentó que esas afirmaciones eran falsas, inexactas y lesivas para su buen nombre, honra y reputación personal y profesional, solicitando una retractación expresa en los mismos medios de comunicación y redes sociales donde se emitieron. La jueza analizó las pruebas y el contexto de las expresiones, concluyendo que no se acreditaba una vulneración directa de los derechos fundamentales invocados, ya que las manifestaciones no constituían difusión de información falsa o abiertamente inexacta.
Origen en una disputa legal de alto perfil
El conflicto surge de declaraciones de De la Espriella durante entrevistas relacionadas con una disputa legal vinculada a David Murcia Guzmán, fundador de DMG. En este contexto se mencionan figuras como el periodista Daniel Coronell, los políticos Roy Barreras y Juan Fernando Cristo, el movimiento Defensores de la Patria, Meta Platforms Inc. y dos medios de comunicación. Sondra Macollins, esposa de Garvín Hernández, careció de legitimación por activa en el proceso. Cabe destacar que Juan Fernando Cristo también demandó rectificación por imputaciones similares, aunque el equipo de De la Espriella informó de una rectificación previa que Garvín Hernández consideró insuficiente.
“La acción constitucional deviene improcedente, pues de las pruebas recaudadas y del contexto en el cual fueron emitidas las expresiones cuestionadas, el Despacho no encuentra acreditado que las manifestaciones del accionado constituyan la difusión de información falsa o abiertamente inexacta que permita concluir la vulneración directa de los derechos fundamentales al buen nombre y a la honra del accionante”
Ana Sidney Cely Pérez, jueza del Juzgado Trece Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Bogotá
“Tales expresiones son falsas, inexactas y lesivas del buen nombre, la honra y la reputación personal y profesional, constituyendo afirmaciones de carácter injurioso que generan un grave perjuicio”
Moisés David Garvín Hernández, abogado accionante
La decisión del juzgado es susceptible de impugnación o revisión por parte de la Corte Constitucional, lo que podría extender este enfrentamiento público entre dos prominentes abogados en un momento de alta polarización política en el país.











