La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia impuso una condena de 102 meses de prisión al congresista Modesto Enrique Aguilera Vides, representante a la Cámara, por el delito de acto sexual violento, y ordenó de inmediato su captura. Los hechos ocurrieron entre finales de octubre y comienzos de noviembre de 2020 en un hotel de Barranquilla, donde el parlamentario, aprovechando su condición de congresista, convocó a la víctima a una supuesta reunión política.
Durante el encuentro, Aguilera Vides sujetó a la víctima, la besó en el cuello, realizó tocamientos y practicó onanismo sin su consentimiento, según se detalló en el fallo judicial. La víctima había sido llevada al hotel por Jonathan Enrique Torregrosa Viana, su propio primo, quien la dejó a solas con el congresista, lo que generó sospechas de posible manipulación en el registro de ingresos al establecimiento.
Detalles de la pena y sus implicaciones
La sentencia incluye, además de los 102 meses de prisión, equivalentes a ocho años y seis meses, una inhabilitación por el mismo lapso para el ejercicio de derechos y funciones públicas, así como una indemnización de 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes en la época de los hechos. El tribunal aplicó la perspectiva de género establecida en la Ley 1257 de 2008 y la Ley 1719 de 2014, respaldando el testimonio de la víctima con elementos de corroboración que determinaron la responsabilidad penal del acusado.
«La magnitud del daño trascendió la integridad sexual para impactar el proyecto de vida de la víctima y su familia, provocando la fractura del tejido familiar y la afectación psicológica que requirió intervención. Este escenario de victimización múltiple evidencia que la conducta desbordó la mera transgresión típica para generar consecuencias de difícil reparación, lo que justifica un juicio más severo en la dosificación de la pena».
Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia
La decisión es apelable ante la Sala de Casación Penal, pero el tribunal negó cualquier suspensión condicional de la pena o prisión domiciliaria. Además, ordenó compulsar copias a la Fiscalía para investigar a Jonathan Enrique Torregrosa Viana por su posible involucramiento. El fallo también dispuso el pago de agencias en derecho correspondientes, cerrando un proceso que resalta la gravedad de abusos cometidos bajo el amparo de posiciones de poder público.











