CNE empata 5-4 por voto de Baquero y convoca conjueces en caso Cepeda

Compartir en redes sociales

En una decisión que ha sacudido el panorama político colombiano, el magistrado del Consejo Nacional Electoral (CNE) Altus Baquero, del Partido Liberal, inclinó la balanza con su voto a favor de la participación del senador Iván Cepeda, del Pacto Histórico, en la consulta interpartidista del Frente por la Vida, generando un empate 5-4 en la Sala Plena del CNE este lunes 2 de febrero. Este resultado obliga a convocar a los conjueces Alejandro Felipe Sánchez, del Centro Democrático, y Manuel Antonio Avella, del Partido Liberal, para dirimir la inhabilidad planteada contra Cepeda. La votación se dio tras la ponencia de la comisión especial integrada por los magistrados Fabiola Márquez, Alba Lucía Velásquez y Álvaro Echeverry, en las instalaciones del CNE en Bogotá.

El cambio de postura de Baquero, quien previamente el 17 de octubre de 2025 había emitido conceptos contrarios a la postulación de Cepeda por su participación en la consulta interpartidista del Pacto Histórico el 26 de octubre de 2025, bajo la Ley 1475 de 2011, sorprendió a analistas que estimaban un respaldo inicial minoritario solo de Márquez, Echeverry y Velásquez, con una votación previa proyectada en 6-3 en contra. Esta resolución impacta directamente las alianzas y estrategias de cara a las elecciones presidenciales, ya que la consulta del Frente por la Vida está prevista para el 8 de marzo.

El argumento del magistrado Baquero

Baquero justificó su voto destacando la importancia de la formulación de la pregunta en las consultas, argumentando que la norma de la Ley 1475 de 2011 obliga a acatar el resultado cuando se selecciona explícitamente a un candidato. En análisis previos, había subrayado que preguntas amplias como las usadas en años anteriores, del tipo “¿Cuál de los candidatos en esta tarjeta electoral podría participar en una consulta interpartidista en el año siguiente?”, evitaban inhabilidades, pero criticó la del 26 de octubre por su redacción directa que implicaría una doble consulta si se permite la participación posterior.

“Cuando se selecciona un candidato, lo establece también esa misma norma de la ley 1475 (de 2011), se está obligado al resultado de la consulta. Por eso es importante cómo se formule la pregunta. Si usted plantea: ‘¿Cuál de estas tres personas va a ser el candidato a la presidencia?’, ya no puede participar en otro proceso de consulta, porque ya lo está seleccionando. ¿Por qué? ¿Qué implicaría esto? Indicaría que habría una doble consulta si se permite esto”

Altus Baquero, magistrado del CNE

“Debió hacerse como en años anteriores, cuando la pregunta era más amplia: ‘¿Cuál de los candidatos en esta tarjeta electoral podría participar en una consulta interpartidista en el año siguiente?’”

Altus Baquero, magistrado del CNE

“El artículo séptimo de la Ley 1475 de 2011 señala claramente que si una persona que se inscribe en una consulta, renuncia, ya no puede volver a participar en esa corporación que se está eligiendo”

Altus Baquero, magistrado del CNE

En respuesta a esta decisión, el senador Cepeda ha convocado movilizaciones para este martes 3 de febrero, en un contexto de alta tensión política donde el fallo de los conjueces definirá no solo su futuro en la consulta del Frente por la Vida, sino también el equilibrio de fuerzas en la antesala de las presidenciales.

Sigue leyendo