El Consejo de Estado negó la solicitud de pérdida de investidura presentada en contra del representante a la Cámara por Bogotá, José Jaime Uscátegui, por una presunta inhabilidad derivada del parentesco con su hermano, Julián Uscátegui Pastrana, quien se desempeña como edil en la Junta Administradora Local de Usaquén. La decisión, contenida en una sentencia emitida el 11 de marzo de 2026, corresponde al periodo legislativo 2022-2026 y rechaza la acción promovida por una ciudadana en la circunscripción electoral de Bogotá.
La solicitud se basaba en la causal del numeral 1 del artículo 183 de la Constitución Política, en concordancia con el numeral 5 del artículo 179, alegando que el parentesco en segundo grado con un edil en la misma circunscripción configuraba una inhabilidad. Sin embargo, el alto tribunal concluyó que no existen pruebas suficientes sobre el ejercicio efectivo de autoridad política por parte del hermano del congresista, y que ni el parentesco ni el cargo de edil por sí solos bastan para activar esta sanción.
Requisitos estrictos para la pérdida de investidura
Las Juntas Administradoras Locales son órganos colegiados en los que los ediles se orientan principalmente a la vigilancia, el control y la participación en la planeación local, sin que ello implique per se el ejercicio de autoridad política. El Consejo de Estado descartó además la inhabilidad sobreviniente, ya que la elección de Julián Uscátegui como edil ocurrió en octubre de 2023, posterior a la inscripción y elección de su hermano como congresista. La pérdida de investidura se considera una sanción excepcional, taxativa y restrictiva, que exige la prueba plena de elementos objetivos y subjetivos, sin aplicabilidad por analogía ni como responsabilidad objetiva.
“no resulta suficiente la acreditación de la sola calidad de edil del pariente del congresista dentro del período relevante”
Consejo de Estado, sentencia
“el desempeño del cargo de edil (…) no implica per se el ejercicio de autoridad política”
Consejo de Estado, sentencia
Con esta resolución, José Jaime Uscátegui mantiene su curul para el resto del periodo 2022-2026, ratificando los estrictos criterios que deben cumplirse para declarar una inhabilidad de este tipo en el Congreso de la República.












