En Colombia, los vendedores de inmuebles que decidan comercializar sus propiedades en 2026 enfrentarán un impuesto a la ganancia ocasional del 15 por ciento sobre la utilidad obtenida, siempre y cuando el bien haya sido poseído por al menos dos años y se clasifique como activo fijo dentro del sistema tributario nacional. Esta norma, que aplica exclusivamente en el territorio colombiano, busca regular las transacciones inmobiliarias gravando únicamente la diferencia entre el precio de venta y el costo fiscal ajustado del inmueble.
El cálculo de la utilidad gravable se determina restando del valor de venta el costo fiscal, que incluye los gastos de adquisición, mejoras realizadas y valorizaciones, además de descontar la depreciación acumulada en caso de que aplique. Si el inmueble no cumple con el plazo mínimo de dos años de posesión, la ganancia se tributará como renta ordinaria en lugar de ganancia ocasional. Por ejemplo, un vendedor que adquirió una vivienda por 300 millones de pesos y la vende por 450 millones, con un costo fiscal ajustado a 340 millones, pagaría el 15 por ciento sobre los 110 millones de utilidad gravable resultante.
Excepciones y riesgos para los contribuyentes
Entre las opciones de alivio tributario destaca la exención posible para la vivienda habitual, condicionada a que los recursos de la venta se reinviertan en otra propiedad similar o se destinen al pago de obligaciones hipotecarias, siempre con la debida trazabilidad para evitar cuestionamientos. Es crucial que el inmueble se catalogue correctamente como activo fijo, ya que una clasificación errónea podría derivar en sanciones o ajustes por parte de las autoridades fiscales. Además, no se grava el valor total de la venta, sino solo la ganancia neta, aunque persisten riesgos en la determinación precisa del costo fiscal y la depreciación acumulada.
Estas reglas forman parte del marco tributario colombiano vigente, recordando a los propietarios la importancia de una asesoría especializada para optimizar sus transacciones y cumplir con las obligaciones fiscales sin sorpresas en 2026.












