En Colombia, superar las 2.000 semanas cotizadas en Colpensiones permite a los trabajadores alcanzar el porcentaje máximo de pensión, que oscila entre el 70,5% y el 80% del ingreso base de liquidación, calculado como el promedio de los salarios sobre los que se cotizaron. Las semanas adicionales contribuyen al fondo común del sistema de prima media sin generar devolución monetaria ni incrementar el porcentaje más allá del tope legal, una medida impulsada por el Gobierno Petro para premiar la permanencia laboral y fortalecer la sostenibilidad del régimen público a partir de 2026.
Los requisitos de edad y semanas mínimas para acceder a la pensión se ajustarán en ese año, exigiendo a los hombres 62 años y 1.300 semanas cotizadas, mientras que las mujeres necesitarán 57 años y 1.250 semanas, con una reducción progresiva de 25 semanas por año hasta llegar a 1.000 semanas a partir de 2027. Además, las mujeres pueden sumar hasta 150 semanas por maternidad, equivalentes a 50 semanas por cada uno de tres hijos máximo. Actualmente, Colpensiones atiende a 2,2 millones de pensionados, de los cuales casi la mitad recibe el salario mínimo como mesada, destacando la importancia de cotizar sobre salarios elevados y evitar periodos sin aportes para optimizar el ingreso base de liquidación y maximizar la pensión.
Cambios impulsados por la Corte Constitucional
Estos ajustes responden a la Sentencia C-197 de 2023 de la Corte Constitucional, que redujo los requisitos para las mujeres y enfatizó la equidad en el sistema. Las semanas cotizadas extras no solo no devuelven dinero, sino que refuerzan el fondo común, alineándose con la visión del Gobierno Petro de convertir a Colpensiones en el fondo de ahorro más grande del país.
Proceso para solicitar la pensión
Para tramitar la pensión ante Colpensiones, los interesados deben presentar documento de identidad, los formularios de Solicitud de Prestaciones Económicas, actualización de EPS y Declaración de No Pensión. La entidad tiene un plazo de cuatro meses para responder, y en caso de desacuerdo, se puede interponer recurso de reposición o apelación dentro de los diez días hábiles siguientes, garantizando así un acceso transparente y ordenado a este derecho fundamental.












