La Sala Plena de la Corte Constitucional de Colombia, con ponencia del magistrado Héctor Alfonso Carvajal Londoño, rechazó este jueves 28 de abril de 2026 las manifestaciones de impedimento presentadas por seis de sus integrantes en el expediente RE-391, lo que permite avanzar en el estudio de la constitucionalidad de tres decretos tributarios expedidos en el marco de la emergencia económica declarada por la ola invernal. Los magistrados que solicitaron apartarse fueron Natalia Ángel Cabo, Paola Andrea Meneses Mosquera —actual presidenta de la Corte—, Lina Marcela Escobar Martínez, Miguel Polo Rosero, Vladimir Fernández Andrade y Carlos Camargo Assis, argumentando un posible interés en la decisión por vínculos con entidades afectadas, como universidades y Ecopetrol. Esta determinación, adoptada en una sala extraordinaria mediante un auto de ampliación, evalúa las causales taxativas de impedimentos y recusaciones, y abre la puerta a la próxima sesión del 29 de abril para discutir el fondo del asunto, incluyendo una solicitud de suspensión provisional de medidas como el Decreto 173 de 2026 sobre impuesto al patrimonio.
Los escritos de impedimento fueron radicados apenas un día antes, el 27 de abril, pero la Corte concluyó que no se acreditó un interés directo, concreto y personal en los términos exigidos por la ley, ya que las causales de impedimento deben interpretarse de manera restrictiva. De esta forma, se evita la designación de conjueces y se garantiza que la Sala Plena resuelva con su integración completa, acelerando el análisis de las normas tributarias emitidas durante la crisis climática.
Argumentos de los magistrados y respuesta de la Corte
Entre los motivos expuestos, Natalia Ángel Cabo señaló su rol como docente en la Universidad de los Andes; Paola Andrea Meneses Mosquera mencionó los lazos de su cónyuge con Ecopetrol y su labor como profesora en la Universidad Javeriana; Lina Marcela Escobar Martínez también invocó su posición en la Javeriana; Carlos Camargo Assis recordó su paso como exvicerrector y docente en la Universidad Sergio Arboleda; Vladimir Fernández Andrade aludió a su docencia en la Universidad Externado de Colombia; y Miguel Polo Rosero destacó sus vínculos con instituciones de educación superior. Sin embargo, tras una evaluación detallada, la Corte determinó que no se probó una afectación concreta al sector educativo ni un impacto diferenciado en los magistrados, rechazando así los impedimentos por falta de acreditación del interés directo.
Este expediente RE-391 concentra la revisión de decretos legislativos en materia tributaria derivados de la emergencia por ola invernal, un paso clave para validar o tumbar medidas fiscales de emergencia. Con la decisión de la Sala Plena, el proceso gana celeridad y se perfila una resolución inminente que podría impactar la gestión económica del país en tiempos de reconstrucción postdesastre natural.











