La Sociedad de Activos Especiales (SAE) ha asumido la administración provisional de 405 locales comerciales, 40 inmuebles, vehículos y una sociedad vinculados a la cadena Lili Pink, en un proceso de extinción de dominio impulsado por la Fiscalía General de la Nación por presuntos delitos de lavado de activos y contrabando. Esta medida, confirmada recientemente, abarca presencia en 59 ciudades de Colombia y busca proteger el valor económico de los bienes, que superaría los 730.000 millones de pesos, mientras se garantiza la operación continua de los establecimientos y los derechos de más de 2.000 empleados directos.
La intervención se basa en la presunta utilización de una red de sociedades ficticias para ingresar mercancía irregular y simular operaciones legales, sin que esto implique el cierre inmediato de las tiendas ni una determinación de culpabilidad. Al contrario, la SAE administra transitoriamente estos activos para preservar su valor social y económico durante el trámite judicial, que podría extenderse por años, priorizando la continuidad empresarial y evitando daños mayores a la economía real.
Protección de derechos laborales y de terceros
Expertos como Julio César Rivera, docente del Consultorio Jurídico de la Universidad Politécnico Grancolombiano, han destacado que esta acción judicial de carácter patrimonial no cuestiona la actividad comercial en sí, sino el origen de los recursos utilizados para adquirir o mantener los bienes. La administración provisional salvaguarda los intereses de trabajadores, acreedores, arrendadores y proveedores, permitiendo que los locales sigan operando y generando ganancias independientes de los presuntos activos ilícitos.
“Se trata de una acción judicial de carácter patrimonial que inicia la Fiscalía General de la Nación ante jueces especializados, con el objetivo de que estos determinen si los bienes fueron adquiridos o utilizados con dineros de origen ilícito. Es decir, lo que se discute no es la actividad comercial en sí misma, sino el origen de los recursos”
Julio César Rivera, docente del Consultorio Jurídico de la Universidad Politécnico Grancolombiano
“Es clave entender que esta administración tiene un principio fundamental: proteger el valor económico y social de los bienes mientras se define la situación jurídica, y al mismo tiempo garantizar los derechos de terceros de buena fe. Entre esos terceros están, por ejemplo: los trabajadores, cuyos derechos laborales deben preservarse; los acreedores, que tienen obligaciones contractuales vigentes; los arrendadores de locales, que deben seguir recibiendo los cánones mientras los establecimientos estén operando; y los proveedores y contratistas que no hacen parte del litigio judicial”
Julio César Rivera, docente del Consultorio Jurídico de la Universidad Politécnico Grancolombiano
Este caso recuerda al de Drogas La Rebaja, intervenida por el cartel de Cali por lavado de activos, que mantuvo más de 900 establecimientos y 6.800 empleos directos bajo administración similar, continuando operaciones hasta la resolución judicial. En el caso de Lili Pink, los posibles desenlaces incluyen la adjudicación de los bienes al Estado o su restitución a los propietarios, siempre priorizando la preservación del empleo y la estabilidad económica.
“En conclusión, Lili Pink puede mantenerse operando porque el ordenamiento jurídico colombiano privilegia la continuidad empresarial bajo administración controlada, mientras se resuelve el proceso judicial, entendiendo que cerrar una empresa viable genera un daño mayor que administrarla correctamente durante ese período de definición”
Julio César Rivera, docente del Consultorio Jurídico de la Universidad Politécnico Grancolombiano
La noticia se basa en información de Infobae Colombia, Visuales IA, Colprensa y la Fiscalía General de la Nación, confirmando que la SAE velará por la operación ininterrumpida de Lili Pink en beneficio de sus empleados y la economía local.












