Asofondos respalda suspensión de traslado de $25 billones de fondos privados a Colpensiones

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La Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantía, Asofondos, liderada por su presidente Andrés Velasco, emitió un comunicado oficial el 30 de abril de 2026 en el que afirma que el traslado anticipado de recursos desde los fondos privados hacia Colpensiones contradice la Ley 2381 de 2024 y respalda la suspensión parcial del Decreto 415 de 2026 ordenada por el Consejo de Estado. Esta posición busca defender la estabilidad jurídica y la protección de los ahorros pensionales de los colombianos, en medio de una controversia que afecta a más de 120.000 afiliados y un traslado ordenado de 25 billones de pesos de las AFP a Colpensiones, con más de 13 demandas en curso.

En el documento, Asofondos enfatiza que esta medida gubernamental va en contra de lo dispuesto por el Congreso y el propio Gobierno Nacional, particularmente el Decreto 1225 de 2024. La entidad subraya que los recursos administrados en los fondos de pensiones no pertenecen a las administradoras, sino a los trabajadores colombianos, y su finalidad exclusiva es garantizar su pensión en el largo plazo. Además, aclara que cualquier modificación en este sentido requiere ajustes legislativos y no puede hacerse de manera reglamentaria, especialmente dada la implementación incompleta de la reforma pensional.

Contradicciones con la normativa vigente

La Ley 2381 de 2024 establece que los afiliados pueden trasladarse del régimen pensional hasta 10 años antes de la jubilación, pero solo con doble asesoría, y su artículo 76 exige que los recursos del ahorro individual permanezcan en las AFP hasta consolidar la pensión, para luego transferirlos al Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (Fapc) del Banco de la República. El artículo 16 del Decreto 1225 de 2024, emitido el 3 de octubre de ese año, ratifica que la gestión de estos recursos debe seguir en manos de las AFP hasta la creación del Fapc. El Consejo de Estado ya suspendió parcialmente el Decreto 415 de 2026, que ordenaba el traslado, protegiendo así los ahorros de los afiliados y la certeza jurídica. Cabe resaltar que los recursos no se trasladan inmediatamente a Colpensiones, incluso si la pensión es pagada por esta entidad.

“El pretendido traslado anticipado de recursos desde los fondos de pensiones privados hacia Colpensiones, en los términos planteados recientemente por el Gobierno, contradice lo dispuesto por el Congreso de la República y el mismo Gobierno Nacional”.

Asofondos

“Este ahorro es el que garantizará en el futuro el sueño de pensionarse de millones de colombianos”.

Asofondos

“Los recursos administrados en los fondos de pensiones no pertenecen a las administradoras, sino a los trabajadores colombianos, y tienen como finalidad exclusiva garantizar su pensión en el largo plazo”.

Asofondos

Esta postura de Asofondos se enmarca en una disputa mayor por la reforma pensional, donde la protección de los ahorros individuales y el cumplimiento estricto de la ley son prioritarios frente a intentos de traslado prematuro que podrían comprometer la estabilidad financiera de los futuros pensionados en Colombia.

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