La Secretaría de Movilidad de Bogotá y la Alcaldía de la capital anunciaron las restricciones del programa Pico y Placa para este miércoles 6 de mayo de 2026, mediante las cuales los vehículos particulares con placas terminadas en los dígitos 1, 2, 3, 4 o 5 no podrán circular en la ciudad entre las 6:00 a.m. y las 9:00 p.m. Esta medida, que busca reducir el tráfico vehicular y la contaminación ambiental, aplica de manera diferenciada según el tipo de vehículo: los taxis y el transporte especial enfrentarán restricciones desde las 5:30 a.m. hasta las 9:00 p.m., mientras que los de carga lo harán entre las 6:00 a.m. y las 8:00 a.m., y de 5:00 p.m. a 8:00 p.m. El esquema general establece que en días pares del calendario, como este miércoles, se restringen las placas terminadas en 1 a 5 para particulares, y en días impares las que terminan en 6 u 0, sin aplicación los domingos ni festivos.
Implementado desde 1998 con diversas modificaciones a lo largo de los años, el programa Pico y Placa opera de lunes a viernes con un impacto significativo en la movilidad urbana, afectando la circulación diaria de acuerdo al último dígito de la placa y al tipo de vehículo. Las motocicletas quedan exentas de esta restricción, al igual que una serie de excepciones registradas ante la Secretaría de Movilidad, que incluyen vehículos eléctricos e híbridos, diplomáticos, de funerarias, emergencias, personas con discapacidad, aquellos con más de tres ocupantes, medios de comunicación, judiciales, transporte escolar y de enseñanza automovilística.
Excepciones, opciones pagas y extensiones regionales
Entre las alternativas disponibles destaca el Pico y Placa Solidario, un permiso de pago que permite circular libremente y cuyos fondos se destinan al fortalecimiento del transporte público. Adicionalmente, el Pico y Placa Regional se activa el último día de puentes festivos en nueve corredores de ingreso a Bogotá, como la Autopista Norte y Sur, donde las placas impares no circulan de 12:00 p.m. a 4:00 p.m., y las pares de 4:00 p.m. a 8:00 p.m., con excepciones limitadas. Para taxis y transporte especial, las restricciones se organizan por grupos de pares de dígitos, como 1-2 o 3-4, y cambian semanalmente.
Sanciones por incumplimiento
Violar estas normas conlleva una multa de 522.900 pesos colombianos más la inmovilización del vehículo, clasificada como infracción C.14 del Código Nacional de Tránsito. Estas medidas, según información de fuentes como Infobae y Colprensa, buscan fomentar un uso más eficiente del espacio vial y contribuir a la mejora de la calidad del aire en la capital, recordando a los conductores la importancia de planificar sus desplazamientos con antelación.










