La Sala Plena de la Corte Constitucional de Colombia declaró inexequible, por unanimidad con votación de 8-0, el Decreto Legislativo 044 de 2026, emitido el 21 de enero de ese año, que imponía una contribución parafiscal transitoria y un aporte solidario a las empresas generadoras de energía eléctrica. Esta sentencia, identificada como C-075 de 2026, ordena la devolución o compensación de todos los recursos recaudados bajo esa norma, con efectos retroactivos para el artículo 1 y compensatorios para el artículo 2, en un plazo máximo de seis meses a cargo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian). La decisión surge como consecuencia de la inexequibilidad previa del Decreto 1390 de 2025 y responde a la falta de fundamento jurídico y la desproporcionalidad de la declarada emergencia económica a finales de 2025 por perturbaciones en el sistema eléctrico nacional.
El decreto anulada buscaba recaudar recursos para el Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, gravando a las generadoras de energía con tributos que ahora deben ser devueltos al 100% como descuentos en el impuesto sobre la renta, beneficio extensible a periodos fiscales posteriores en caso de excedentes. Previamente, el 6 de febrero de 2026, la Corte había suspendido provisionalmente la norma mediante el Auto 101, lo que anticipaba esta resolución de fondo que modula los efectos para garantizar la restitución inmediata.
Reacción crítica de Andeg contra el Gobierno
Alejandro Castañeda, presidente de la Asociación Nacional de Empresas Generadoras (Andeg), celebró la sentencia como un hito que evidencia la independencia de los poderes públicos y critica duramente las acciones del Gobierno nacional. En su análisis, el decreto representaba malas prácticas del Ministerio de Hacienda, la Dian y la Superintendencia al imponer impuestos sin sustento constitucional, en un contexto de emergencia económica sin base sólida.
“Este decreto colocaba tributos a las empresas generadoras de energía eléctrica con el propósito de buscar recursos para el fondo empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos”
Alejandro Castañeda, presidente de Andeg
Castañeda enfatizó que la Corte obliga a devolver cualquier peso recaudado, resaltando la irregularidad del proceder gubernamental.
“La decisión de fondo es valiosa porque muestra la independencia de los poderes”
Alejandro Castañeda, presidente de Andeg
“Resalta las malas maneras que tuvo el Gobierno nacional, en cabeza del Ministerio de Hacienda, la Dian y la Superintendencia, al decretar impuestos que no tenían sentido desde el punto de vista constitucional”
Alejandro Castañeda, presidente de Andeg
El directivo subrayó la ausencia de justificación en la emergencia económica y la extrañeza por la intervención judicial, que confirma el actuar indebido del Ejecutivo.
“No había un fundamento sólido detrás de la emergencia económica, lo que llevó a esta decisión”
Alejandro Castañeda, presidente de Andeg
“La Corte está diciendo que cualquier peso que se haya recaudado en virtud de este decreto debe ser devuelto a las empresas generadoras de energía eléctrica”
Alejandro Castañeda, presidente de Andeg
“Es muy extraño que la Corte lo haga, y lo que demuestra es que el Gobierno actuó mal y no actuó en derecho”
Alejandro Castañeda, presidente de Andeg
Esta resolución fortalece la seguridad jurídica para el sector energético en Colombia, al invalidar medidas impositivas improvisadas y obligar a la Dian a ejecutar las devoluciones en el corto plazo, protegiendo así la estabilidad de las empresas generadoras ante decretos de emergencia cuestionados.











