La Registraduría Nacional del Estado Civil, autoridad electoral de Colombia, ha recordado que la legislación vigente excluye del derecho al voto en las elecciones presidenciales del 31 de mayo de 2026 a quienes renunciaron a la nacionalidad colombiana, a personas condenadas por delitos políticos con derechos suspendidos, a miembros activos de la Fuerza Pública y a ciudadanos extranjeros residentes en el país. Estas elecciones, que se llevarán a cabo en todo el territorio nacional y en consulados para los colombianos en el exterior, permitirán la participación de más de 41,2 millones de electores inscritos en el censo electoral con cédula de ciudadanía, con el fin de elegir al sucesor del presidente Gustavo Petro o definir una eventual segunda vuelta.
De acuerdo con la Constitución de 1991 y la normativa electoral, el sufragio está protegido con restricciones específicas para preservar la neutralidad de la Fuerza Pública y limitar el voto exclusivamente a ciudadanos colombianos. Solo podrán ejercer este derecho los mayores de 18 años inscritos en el censo electoral, en un proceso que es libre, secreto, personal y no obligatorio. Los uniformados recuperan sus derechos al pasar a retiro, mientras que los extranjeros residentes están habilitados para votar en elecciones locales, pero no en las presidenciales.
Requisitos y llamados a la verificación
Las autoridades electorales insisten en la importancia de verificar los puestos de votación a través de canales oficiales, ya que el voto en el exterior requiere registro previo en los consulados. Este proceso se enmarca en un contexto de elecciones clave para el futuro político del país, donde misiones de observación internacional han advertido sobre posibles riesgos de seguridad en algunas regiones, lo que subraya la necesidad de una participación ciudadana informada y segura.











