Abogada Claudia García detalla opciones legales para deudores en Colombia

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La abogada Claudia García, directora jurídica de Clave Judicial, presentó una guía completa con opciones legales para los colombianos que enfrentan dificultades para pagar sus deudas, destacando alternativas como la negociación directa con el acreedor, la refinanciación, la reestructuración de obligaciones o la declaración de insolvencia como persona natural no comerciante. Estas herramientas, reguladas por el Código General del Proceso, pueden tramitarse ante centros de conciliación o notarías, ofreciendo salidas viables en un contexto donde millones de hogares con ingresos inferiores a un salario mínimo legal vigente cargan con deudas que superan tres veces ese monto.

En Colombia, el impago de deudas desencadena un proceso que inicia con cobros prejurídicos mediante llamadas y notificaciones, avanza al cobro jurídico y culmina en demandas judiciales que pueden derivar en embargos de bienes, cuentas bancarias o parte del salario. Sin embargo, la legislación protege ciertos límites: no es posible la cárcel por deudas civiles, salvo en casos de incumplimiento de obligaciones alimentarias, y los intereses por mora están restringidos por las autoridades supervisoras, haciendo ilegales los cobros excesivos. Además, las deudas prescriben entre tres y cinco años según su tipo, y en caso de fallecimiento del deudor, estas se saldan con sus bienes, aunque los herederos podrían responder si aceptan la herencia sin inventario o reserva de bienes.

Protecciones legales frente a embargos y reportes negativos

Claudia García enfatizó las salvaguardas existentes, como el embargo salarial limitado al 50% del valor que exceda el salario mínimo legal vigente, de acuerdo con la normativa laboral y procesal colombiana. En cuanto a cuentas bancarias, solo son embargables las que superen el límite de inembargabilidad de 55.099.308 pesos, establecido por la Circular 058 de 2025 de la Superintendencia Financiera, vigente desde el 1 de octubre de 2025 hasta el 30 de septiembre de 2026. Por otro lado, los reportes negativos en centrales de riesgo como Datacrédito están regulados por la Ley 2157 de 2021 y la Ley de Borrón y Cuenta Nueva: duran el doble del tiempo en mora, con un máximo de cuatro años después del pago, y caducan en un plazo máximo de ocho años contados desde la fecha de la mora, independientemente de si la obligación se saldó o no.

“La ley permite que un juez embargue bienes, cuentas bancarias y parte del salario. En materia salarial, solo es embargable hasta el 50% del valor que exceda el salario mínimo legal vigente, conforme a la legislación laboral y procesal colombiana y en el caso de cuentas bancarias que no exceda el límite de inembargabilidad que corresponde a un valor de $55.099.308, conforme a la Circular 058 de 2025 de la Superintendencia Financiera de Colombia, vigente entre el 1 de octubre de 2025 hasta el 30 de septiembre de 2026”

Claudia García, directora jurídica de Clave Judicial

La insolvencia, en particular, permite reorganizar las obligaciones bajo supervisión judicial, congelando embargos y facilitando un plan de pago sostenible. Esta guía de Clave Judicial llega en un momento crítico para miles de familias manizaleñas y colombianas, recordando que conocer estas opciones legales no solo evita medidas extremas como los embargos, sino que promueve soluciones responsables ante la presión financiera cotidiana.

“El reporte negativo caduca en un plazo máximo de 8 años contados desde la fecha de la mora, independientemente de si la obligación fue pagada o no”

Claudia García, directora jurídica de Clave Judicial

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