Gobierno reglamenta exención del impuesto a plásticos de un solo uso con certificación de economía circular

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El Ministerio de Hacienda oficializó la reglamentación para la no causación del impuesto nacional a productos plásticos de un solo uso mediante el Decreto 0509 de 2026. La medida, que aplica a productores e importadores de plásticos destinados a envasar, embalar o empacar bienes, establece que los contribuyentes podrán evitar el pago del tributo si obtienen la Certificación de Economía Circular (CEC) expedida por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla). Este documento, con vigencia anual, exige cumplir con criterios como contenido mínimo de material reciclado, gestión y aprovechamiento de residuos, integración a sistemas colectivos de manejo ambiental y una inversión mínima del 10% en innovación o ecodiseño. El factor de no causación se calcula con un valor entre cero y uno sobre la base gravable, según explicó la cartera en los fundamentos del decreto.

El impuesto fue creado por la Ley 2277 de 2022, conocida como la Reforma Tributaria, y empezó a cobrarse legalmente a partir del 25 de julio de 2025 para importaciones. La Corte Constitucional, mediante la sentencia C-506 de 2023, precisó que la sujeción pasiva incluye a quienes venden, retiran para consumo propio o importan estos productos, y aclaró que el tributo aplica únicamente sobre el material plástico destinado a envases y empaques. La tarifa establecida es de 0,00005 unidades de valor tributario (UVT) por gramo de plástico, un valor que busca desincentivar el uso de estos materiales y fomentar la economía circular.

Cifras del consumo de plástico en Colombia

De acuerdo con datos del sector, el consumo de plástico en Colombia supera las 1.300.000 toneladas anuales, de las cuales los envases y empaques representan en promedio 737.550 toneladas. En contraste, el recaudo del impuesto a bolsas plásticas entre 2024 y principios de 2025 alcanzó los 15.565 millones de pesos, lo que evidencia el potencial de este nuevo gravamen para generar recursos y promover cambios en la industria. La reglamentación ahora busca que las empresas puedan evitar el pago si demuestran prácticas sostenibles a través de la CEC.

“El mecanismo de no causación requiere establecer un contenido mínimo para la Certificación de Economía Circular”

Ministerio de Hacienda, fundamentos del decreto

Además, el decreto contempla mecanismos de corrección y devolución para los contribuyentes. Quienes hayan obtenido la certificación después del plazo de declaración pueden corregir sus declaraciones y solicitar la devolución del pago en exceso. Incluso se establece un reconocimiento retroactivo excepcional para aquellos que declararon entre el 13 de diciembre de 2022 y el 31 de diciembre de 2025, siempre que obtengan la CEC. Si el plazo para corregir ya venció, se permite imputar los gramos exentos en declaraciones de años posteriores, sin superar los valores certificados para cada período.

La certificación tiene una vigencia anual y no se acumula para ejercicios fiscales posteriores. Debe presentarse junto con los registros contables que respalden la no causación, y solo se acepta si todas las metas de aprovechamiento, contenido mínimo y recolección de residuos son cumplidas según la normativa ambiental vigente. Con esta reglamentación, el Gobierno busca dar cumplimiento a lo ordenado por la Ley 2277 de 2022 y la sentencia C-506 de 2023, incentivando a la industria a transitar hacia modelos de economía circular y reducción de residuos plásticos.

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