El Consejo Nacional Electoral (CNE) decidió en sesión del miércoles 20 de mayo conformar una comisión especial de cuatro magistrados para revisar la totalidad de los procesos abiertos contra la encuestadora Atlas Intel, en medio de fuertes desacuerdos internos por la validez de una medida cautelar individual que suspendió la publicación de sus estudios. La comisión está integrada por los magistrados Fabiola Márquez, Maritza Martínez, Álvaro Hernán Prada y Altus Baquero, todos con investigaciones activas contra la firma, y deberá analizar también el recurso de reposición presentado por los afectados que dejó sin efectos inmediatos la cautelar.
La decisión de la Sala Plena se tomó tras un intenso debate sobre el procedimiento de la medida cautelar expedida por la magistrada Márquez, la cual fue cuestionada por otros integrantes del CNE por haber sido emitida sin deliberación colectiva. La magistrada Márquez había sostenido en su decisión que los antecedentes técnicos evidenciaban una situación de alta gravedad institucional y que los hallazgos repetidos sostenían la procedencia de una actuación cautelar. Sin embargo, el recurso de reposición presentado por Atlas Intel logró suspender temporalmente la medida, dejando en evidencia los choques de criterio al interior del organismo.
Investigaciones acumuladas y reincidencia
El expediente contra Atlas Intel suma tres investigaciones previas que ahora serán revisadas por la comisión. La magistrada Maritza Martínez abrió una actuación hace un mes por encuestas de agosto y noviembre de 2025, el magistrado Álvaro Hernán Prada inició un proceso el 15 de mayo por estudios de marzo, y la propia Fabiola Márquez abrió otra investigación por una encuesta de abril. La Comisión Técnica y de Vigilancia de Encuestas del CNE había solicitado en ocasiones anteriores la suspensión de publicaciones de la firma, sin éxito, y el informe técnico más reciente identificó seis hallazgos, uno de ellos calificado como crítico.
El informe técnico señaló presuntos incumplimientos a los artículos 2, 3, 6 y 9 de la normativa sobre encuestas, incluyendo la difusión de resultados sin acreditación plena de requisitos legales. Entre las observaciones se reportaron entrega tardía de información, ausencia de declaración juramentada sobre aportes, inconsistencias en la identificación de un candidato, diferencias entre cuestionarios y falta de acreditación de conservación de datos. La comisión calificó el caso como reincidente, advirtiendo que la encuestadora mantuvo la misma metodología pese a requerimientos de corrección previos.
“Sondeo publicado como encuesta”
Informe técnico de la Comisión Técnica y de Vigilancia de Encuestas del CNE (hallazgo crítico)
La creación de la comisión especial busca unificar criterios y dar trámite ordenado a los procesos acumulados, mientras el recurso de reposición contra la medida cautelar sigue su curso. La decisión definitiva sobre la suspensión de publicaciones de Atlas Intel quedará en manos de la Sala Plena una vez que la comisión rinda su informe. El caso ha generado un intenso debate sobre los límites de las facultades individuales de los magistrados frente a las decisiones colegiadas, en un escenario donde la transparencia en la difusión de encuestas electorales se ha convertido en un punto crítico de la regulación.












