Cartagena: miércoles 3 de junio, pico y placa para placas 1 y 2

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La Alcaldía de Cartagena informó que este miércoles 3 de junio de 2026 los vehículos particulares con placas terminadas en 1 y 2 no podrán circular durante los horarios establecidos por la medida de Pico y Placa. La restricción, que aplica desde las 7:00 hasta las 9:00 de la mañana y desde las 18:00 hasta las 20:00 horas, se enmarca en la rotación vigente para el segundo periodo del año, que comenzó el 30 de marzo y se extiende hasta el 27 de junio. La decisión busca reducir el parque vehicular, aliviar la congestión en las vías, disminuir los siniestros de tránsito y mejorar la calidad del aire en la ciudad.

Quienes incumplan la medida se exponen a una multa equivalente a 15 días de salario mínimo legal vigente, es decir, 711.750 pesos colombianos, además de la inmovilización del automóvil. La sanción aplica tanto para conductores particulares como para motocicletas y taxis, aunque con horarios diferenciados: las motos tienen restricción desde las 5:00 hasta las 23:00 horas, mientras que los taxis deben cumplirla durante las 24 horas del día, desde las 6:00 de la mañana hasta las 6:00 del día siguiente. La medida no rige los domingos ni los días festivos.

Rotaciones semestrales y vehículos exentos

La Alcaldía estableció cuatro periodos de rotación para el primer semestre de 2026. El primero, del 16 de enero al 27 de marzo, asignó los miércoles a las placas terminadas en 9 y 0; el segundo, en curso hasta el 27 de junio, corresponde a los dígitos 1 y 2, que aplican para este 3 de junio. Los siguientes periodos, del 30 de junio al 2 de octubre y del 5 de octubre al 22 de enero de 2027, asignarán los miércoles a las placas 3 y 4, y 5 y 6, respectivamente. La rotación busca distribuir la carga vehicular a lo largo de la semana.

Quedan exentos de la restricción los vehículos eléctricos o de cero emisiones, los oficiales, de emergencia, de atención médica, distribución de medicamentos, rescate o traslado de órganos, control de tráfico y grúas, recolección de residuos hospitalarios, medios de comunicación, servicios turísticos y de enseñanza automovilística. Para solicitar la exención, los propietarios deben presentar la documentación del vehículo y del conductor, además del paz y salvo por todo concepto. La multa por violar la medida es de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, que ascienden a 711.750 pesos, más la inmovilización del automotor.

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