Prohibido: “pollas” en oficinas durante el Mundial pueden causar despido

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En plena fiebre del Mundial de Fútbol, una tradición que se repite en cientos de oficinas colombianas podría estar violando la ley laboral de manera silenciosa. Las conocidas “pollas” deportivas, que implican la recolección de dinero entre compañeros de trabajo para apostar sobre los resultados de los partidos, están expresamente prohibidas por los artículos 59 y 60 del Código Sustantivo del Trabajo. La normativa no solo prohíbe a los empleadores permitir o realizar este tipo de colectas en los sitios de trabajo, sino que también sanciona a los trabajadores que organicen rifas, suscripciones o cualquier forma de propaganda en estos espacios. La advertencia cobra especial relevancia durante el actual certamen futbolístico, cuando estas prácticas se intensifican en empresas y oficinas de todo el país.

La legislación colombiana es clara al establecer que el clima laboral debe protegerse de actividades que puedan generar presiones entre los empleados o desviar el foco de las funciones contractuales. El artículo 59 del Código Sustantivo del Trabajo señala textualmente que “se prohíbe a los empleadores hacer o permitir todo género de rifas, colectas o suscripciones en los mismos sitios de trabajo”. Por su parte, el artículo 60 es igual de contundente al afirmar que “se prohíbe a los trabajadores hacer colectas, rifas y suscripciones o cualquier clase de propaganda en los lugares de trabajo”. La norma no hace distinciones: tanto quien organiza la apuesta como el jefe que la tolera pueden incurrir en infracciones que van desde sanciones administrativas del Ministerio del Trabajo hasta el despido con justa causa por actos ilícitos o inmorales.

Riesgos legales que van más allá de lo laboral

El problema no se limita al ámbito disciplinario. El manejo de dinero ajeno a la empresa, aunque sea entre compañeros, puede configurar delitos como la estafa si el organizador retiene los premios, o incluso abrir investigaciones por lavado de activos si se encubren recursos ilícitos. La Ley 643 de 2001, que regula los juegos de suerte y azar, reserva al Estado el monopolio sobre estas actividades, por lo que cualquier apuesta informal sin autorización podría tener consecuencias penales. Es importante destacar que la prohibición no alcanza a las actividades recreativas que no impliquen recolección de dinero: los concursos simbólicos, las trivias o las quinielas internas con premios otorgados por la empresa son perfectamente legales y bienvenidos para fomentar el compañerismo. La clave, según los expertos, está en la ausencia total de manejo de efectivo entre los trabajadores. En este contexto, los empleadores tienen la responsabilidad de conocer y hacer cumplir la ley, evitando así exponer a sus empresas y a sus equipos a riesgos innecesarios durante la emoción del Mundial.

«Se prohíbe a los empleadores hacer o permitir todo género de rifas, colectas o suscripciones en los mismos sitios de trabajo»

Artículo 59, Código Sustantivo del Trabajo

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