JEP cierra caso de 35 exmilitares por falsos positivos en Santander y Norte de Santander

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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) cerró de manera definitiva los procesos judiciales contra 35 exintegrantes del Batallón de Infantería No. 14 ‘Capitán Antonio Ricaurte’ (Bricic) tras concederles el beneficio de renuncia a la persecución penal. La decisión, adoptada por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, extingue las acciones penales y disciplinarias para estos comparecientes, quienes estaban siendo investigados por su presunta participación en nueve casos de ejecuciones extrajudiciales, conocidas como falsos positivos, ocurridos en municipios de Santander y Norte de Santander entre 2003 y 2008.

Una decisión basada en verdad plena y restauración

La JEP aplicó la Ruta No Sancionatoria, un mecanismo previsto para aquellos comparecientes que no fueron hallados como máximos responsables en los hechos investigados. Según concluyó la Sala, los 35 exmilitares cumplieron con los requisitos establecidos: ofrecieron verdad plena y detallada sobre los crímenes, desarrollaron acciones restaurativas para reparar el daño causado y se comprometieron a no repetir estas conductas. Tras verificar y contrastar sus testimonios en audiencias públicas con la participación de las víctimas, el tribunal determinó que los aportes de los comparecientes eran suficientes para acceder al beneficio.

Los crímenes investigados corresponden a asesinatos y desapariciones forzadas que fueron presentados falsamente como bajas en combate por parte de la fuerza pública. La JEP identificó dos modalidades criminales específicas en estos hechos: el asesinato de personas señaladas de manera engañosa como supuestos integrantes de grupos armados ilegales, y el asesinato de civiles que fueron engañados con ofertas de actividades ilegales remuneradas para luego ser ultimados.

Las víctimas y los eventos investigados

En total, la investigación abarcó once víctimas directas, cuyos asesinatos ocurrieron en distintos municipios de la región. Entre los casos documentados por la JEP se encuentran el de Joaquín Tarazona Bayona, asesinado el 22 de marzo de 2003 en Matanza; Luis Alfredo Cossio Jaramillo y José Alberto Martínez Osorio, ultimados el 14 de junio de 2003 en El Playón; Juan de Jesús Díaz Arenis, ejecutado el 27 de junio de 2004 en Suratá; Didier Lasso Delgado y Yimy Alexander Ortiz, asesinados el 10 de febrero de 2005 en Lebrija; Luis Carlos Sinín Mejía, muerto el 28 de abril de 2005 en La Esperanza (Norte de Santander); Adonai Gutiérrez Villamizar, asesinado el 23 de mayo de 2005 en El Playón; Venicio Muñoz Cáceres, ejecutado el 26 de marzo de 2006 en Sabana de Torres; y Álvaro Hernán Díaz junto a Julián Andrés Arroyave Utima, asesinados el 3 de enero de 2008 en Sabana de Torres.

Implicaciones y restricciones para los beneficiados

Como parte de la decisión, la JEP ordenó que los 35 exmilitares beneficiados con la renuncia a la persecución penal no podrán reincorporarse nuevamente a la fuerza pública, salvo que sea para desempeñar funciones administrativas que no impliquen porte de arma ni actividades operativas. Además, el tribunal dispuso que cualquier reconocimiento, condecoración o incentivo que se les hubiera otorgado por las operaciones militares consideradas ilegítimas deberá ser revocado de manera inmediata. Cabe recordar que algunos de estos casos ya habían sido investigados previamente por la justicia ordinaria, aunque solo unos pocos concluyeron con sentencias condenatorias, y en ciertos procesos algunas personas vinculadas no fueron formalmente procesadas.

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