JEP expulsa a alias Dionisio Rayo por reincorporarse a disidencias en Colombia

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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) tomó una decisión contundente al expulsar de su sistema a Jaime Aguilar Ramírez, conocido en el mundo del conflicto armado como alias Dionisio Rayo, tras comprobar que este excombatiente de las extintas Farc-EP abandonó el proceso de paz y se reincorporó a las filas del Estado Mayor Central (EMC), la principal disidencia de esa guerrilla. La medida, adoptada mediante una resolución de la magistrada Alexandra Sandoval Mantilla, de la Sala de Amnistía o Indulto (SAI), se fundamentó en la figura de deserción armada manifiesta, considerada el incumplimiento más grave dentro del sistema transicional, lo que llevó a la pérdida inmediata de todos los beneficios que Aguilar Ramírez había recibido desde que se sometió a la JEP en 2018, tras acogerse al Acuerdo de Paz de 2016.

La investigación que condujo a esta exclusión se fortaleció durante el año 2025, cuando la JEP realizó un exhaustivo cruce de información con la Fiscalía General de la Nación, la Policía Nacional, la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN), el Ministerio de Defensa, reportes públicos y publicaciones periodísticas. Las evidencias recopiladas indican que alias Dionisio Rayo ingresó al EMC desde 2022, donde se dedicó a capacitar a disidentes en el uso de drones con fines bélicos, una actividad que contradice directamente los principios de paz y desarme que promueve la justicia transicional. Además, Aguilar Ramírez fue convocado por la Sala de Reconocimiento de Verdad para rendir una versión voluntaria, pero no asistió a la diligencia, y su apoderado manifestó desconocer su paradero, lo que agravó aún más su situación ante la JEP.

Las consecuencias de la deserción armada

La resolución quedó en firme tras no presentarse recursos de reposición ni apelación, lo que significa que alias Dionisio Rayo perdió de manera definitiva beneficios como la libertad condicionada, la libertad provisional y los tratamientos transicionales. Como consecuencia directa, todos sus procesos penales fueron remitidos a la justicia ordinaria, donde deberá responder por los delitos que se le imputen, incluidos aquellos que pudo haber cometido durante su reincorporación a las filas ilegales. La JEP dejó claro que la deserción armada manifiesta no requiere de un incidente formal de incumplimiento, ya que por sí misma constituye una causal de exclusión inmediata del sistema.

Esta decisión se enmarca en los avances judiciales que la JEP ha reportado en los macrocasos sobre crímenes del conflicto armado colombiano. Según cifras oficiales de la jurisdicción, se han formulado 134 imputaciones contra 98 comparecientes identificados como máximos responsables de crímenes de guerra y de lesa humanidad. En el Caso 01, que investiga el secuestro cometido por las extintas Farc-EP, se han imputado a 63 comparecientes, de los cuales 41 ya realizaron reconocimientos públicos de responsabilidad. Además, siete integrantes del último Secretariado de las Farc-EP ya fueron sancionados por esos hechos, lo que demuestra el ritmo de trabajo de la JEP en la búsqueda de verdad y justicia.

La exclusión de alias Dionisio Rayo envía un mensaje claro a todos los comparecientes que se acogieron al sistema de justicia transicional: el incumplimiento del Régimen de Condicionalidad, especialmente cuando implica el regreso a las armas, será sancionado con la pérdida de todos los beneficios y el retorno a la justicia ordinaria. La JEP, a través de su labor de verificación y seguimiento, continúa demostrando que el compromiso con la paz no admite medias tintas, y que quienes decidan traicionar ese compromiso enfrentarán las consecuencias legales de sus actos.

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