Juzgado de Bogotá revoca hábeas corpus y ordena seguir detenido a narco neerlandés

Compartir en redes sociales

En una decisión judicial que ha generado un intenso debate en los círculos jurídicos del país, un juzgado de Bogotá revocó la orden de libertad que había sido concedida al ciudadano neerlandés Jozef Marcus Hendrika Van der Voort, quien permanecerá detenido mientras se define su proceso de extradición a Países Bajos por presuntos delitos de narcotráfico. El Juzgado 43 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá fue el encargado de anular el hábeas corpus que había otorgado la libertad del capturado, determinando que no existió una privación ilegal de su libertad ni una prolongación indebida de la misma, lo que desestimó los argumentos de la defensa que buscaban su excarcelación.

El caso se remonta al 18 de febrero de 2026, cuando Van der Voort fue capturado en Colombia en cumplimiento de una circular roja de Interpol emitida a solicitud de las autoridades neerlandesas, que lo señalan como un presunto implicado en redes de narcotráfico internacional. Tras su detención, el Ministerio de Justicia de Colombia remitió la solicitud formal de extradición a la Corte Suprema de Justicia el pasado 26 de abril, dando inicio al trámite legal correspondiente. Sin embargo, la controversia estalló el 14 de junio, cuando el Juzgado 77 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá concedió un hábeas corpus a favor del procesado, argumentando que en el expediente no reposaba la traducción oficial de algunos documentos clave, lo que, según su criterio, constituía una irregularidad que vulneraba sus derechos.

La intervención de la Corte Suprema

La decisión del juzgado municipal de otorgar la libertad generó una reacción inmediata desde las más altas esferas judiciales. La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, a través del magistrado Jorge Hernán Díaz Soto, quien intervino en calidad de presidente encargado de la Sala, interpuso el 16 de junio una tutela contra el fallo, acompañada de una solicitud de medida cautelar urgente para evitar que la orden de libertad produjera efectos. En su recurso, la Sala calificó la decisión del juzgado municipal como «aparentemente ilegal» y señaló que «está basada en argumentos que no consultan la realidad del trámite de extradición», con lo cual se había concedido la libertad del procesado sin un soporte probatorio sólido.

Fue en este contexto que el Juzgado 43 Penal del Circuito asumió el recurso de apelación y, tras revisar los argumentos de ambas partes, resolvió revocar el hábeas corpus. En su fallo, el despacho concluyó que no se acreditó una privación ilegal de la libertad ni una prolongación indebida, y que no se configuraban los presupuestos que hacen procedente la acción constitucional. La Corte Suprema, por su parte, respaldó esta posición al evidenciar que los documentos de la solicitud de extradición, que fueron enviados en formato físico, cumplían con los requisitos formales y estaban debidamente traducidos y legalizados, contradiciendo el argumento inicial del juzgado municipal.

«La Sala de Casación Penal evidenció que la decisión del juzgado es aparentemente ilegal y está basada en argumentos que no consultan la realidad del trámite de extradición, con base en los cuales concedió la libertad del procesado sin soporte probatorio alguno»

Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia

Con esta revocación, el narco neerlandés Jozef Marcus Hendrika Van der Voort deberá continuar detenido mientras avanza el proceso judicial que determinará su extradición a Países Bajos. La Corte Suprema ha anunciado que mantendrá un seguimiento permanente al caso, en un episodio que pone de manifiesto las tensiones entre los distintos niveles de la justicia colombiana y la rigurosidad con la que se deben manejar los procedimientos de cooperación internacional en delitos de alta monta como el narcotráfico.

Sigue leyendo