Juez ratifica suspensión de zona de paz para disidencias en Putumayo

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Un juzgado de Valle del Guamuez, en el departamento de Putumayo, rechazó la solicitud de nulidad presentada por la Presidencia de la República contra el fallo de tutela que ordenó suspender la instalación de una Zona de Ubicación Temporal (ZUT) destinada a integrantes de la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano (CNEB), una de las disidencias de las Farc. La decisión judicial ratifica la orden de frenar todas las obras y actividades en seis hectáreas arrendadas por el Ejecutivo hasta diciembre de 2026, hasta que se realice una consulta previa, libre e informada con el resguardo indígena Telar Luz del Amanecer, que interpuso la acción de tutela por considerar vulnerados sus derechos a la consulta previa, la defensa y el debido proceso.

El fallo original, conocido el pasado 17 de junio, suspendió los efectos de la Resolución 053 del 25 de febrero de 2026 y ordenó detener inmediatamente la ejecución de obras, adecuaciones y cualquier actividad derivada de ese documento. A pesar de la orden judicial, el Gobierno continuó con la instalación de la zona alegando que la suspensión era de «imposible cumplimiento», y ese mismo día puso en marcha el traslado de 99 combatientes de la CNEB al predio en disputa. La decisión más reciente del juzgado descartó los argumentos del Gobierno al considerar que la solicitud de nulidad no buscaba corregir errores u omisiones de la sentencia, sino discutir su contenido y alcance. Además, el despacho judicial señaló que la Presidencia envió su respuesta a una dirección de correo electrónico equivocada, por lo que nunca ingresó al expediente. «Debe precisarse que la carga de remitir correctamente las actuaciones procesales corresponde a quien las presenta, de manera que las consecuencias derivadas de errores en la utilización de los canales electrónicos de comunicación no pueden ser trasladadas a la administración de justicia ni afectar la validez de las actuaciones surtidas conforme al material procesal oportunamente incorporado al expediente», sostuvo el juzgado en su decisión.

Múltiples nulidades rechazadas y un proceso que avanza a segunda instancia

El juzgado también rechazó las nulidades presentadas por el Ministerio de Defensa, el Ministerio del Interior, Armando Novoa García, jefe de la delegación del Gobierno en la mesa de diálogos, y Gloria Arias Nieto, integrante del equipo oficial. En el caso del Ministerio del Interior, el tribunal recordó que ya había sido declarado incompetente por el Tribunal Superior de Mocoa, que definió que este despacho debía asumir el caso. Ninguna de las entidades accionadas respondió a tiempo a la tutela, lo que también pesó en la decisión. Ahora el caso pasará a un juez de segunda instancia, que revisará las impugnaciones y resolverá la tutela en definitiva.

Armando Novoa García, jefe de la delegación del Gobierno en la mesa de diálogos, había advertido sobre las consecuencias de frenar el proceso: «Sería completamente incomprensible que, en virtud de una orden judicial, tuviéramos que devolverlos a sus zonas de origen para que sigan ejerciendo la violencia». La declaración refleja la tensión entre la orden judicial y los avances del Gobierno en la implementación de las Zonas de Ubicación Temporal, un mecanismo acordado con cuatro organizaciones armadas: el Clan del Golfo, el Frente 33, los Comuneros del Sur y la propia Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano. En total, se acordaron siete zonas: para el Clan del Golfo en Tierralta, Belén de Bajirá y Unguía; para el Frente 33 en Tibú; para los Comuneros del Sur en Mallama; y dos Zonas de Capacitación Integral en Roberto Payán y Valle del Guamuez para la CNEB.

Si la zona en Valle del Guamuez se consolida, los integrantes de la CNEB deberán entregar sus armas para custodia del Mecanismo de Monitoreo y Verificación, y luego serán destruidas por la Fuerza Pública. Además, recibirán capacitación de la Agencia para la Reincorporación y Normalización y del Cesa. Sin embargo, investigadoras de la Fundación Ideas para la Paz han cuestionado la premura del Gobierno. Paula Tobón advirtió que estas figuras «corren el riesgo de convertirse en hitos vacíos», mientras que Gerson Arias calificó de «lógica irresponsable» avanzar en estos espacios para mostrar resultados parciales. Ambas investigadoras señalaron que, según la Ley 2272 y la Corte Constitucional, estas zonas deberían implementarse solo cuando las conversaciones estén en un estado avanzado.

El juzgado también subrayó que el Decreto 0603 del 13 de junio, que suspendió operaciones ofensivas contra la estructura entre el 14 y el 19 de junio, no exime al Gobierno de cumplir con la consulta previa. La comunidad indígena del resguardo Telar Luz del Amanecer espera que la decisión judicial se mantenga en segunda instancia, mientras el Gobierno busca alternativas para no paralizar el proceso de paz territorial en uno de los departamentos más golpeados por el conflicto armado.

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