El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ratificó la responsabilidad de la Nación, el Ministerio de Defensa y la Policía Nacional por la muerte de Dilan Mauricio Cruz Medina, ocurrida durante el estallido social de 2019. En su fallo, el Tribunal calificó el hecho como un uso irregular y excesivo de la fuerza, al determinar que la Policía Nacional empleó una munición tipo Bean Bag, clasificada como “menos letal”, sin informar suficientemente a los uniformados sobre su potencial capacidad de causar la muerte. La sentencia señala que no se evaluó adecuadamente el uso de la fuerza según los principios de necesidad, proporcionalidad y racionalidad, lo que constituye una grave violación de derechos humanos por falla en el servicio, afectando los derechos a la vida y a la protesta.
Dilan Cruz Medina falleció tras recibir un disparo del antiguo Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) durante una manifestación en el marco del estallido social de 2019. El Tribunal consideró que el hecho tuvo un impacto social significativo, más allá de la familia directamente afectada, y que puede afectar el ejercicio del derecho a la protesta. Como parte de la reparación integral, la sentencia ordena al comandante de la Policía Nacional realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad y disculpas a la familia de la víctima, en un plazo de 30 días tras la ejecutoria de la decisión.
Fallo destaca grave violación de derechos humanos
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca subrayó en su fallo que el uso de la fuerza por parte de la entidad accionada no fue precedido de una adecuada valoración de los principios de proporcionalidad y necesidad, lo que derivó en un uso irregular y excesivo de la fuerza. La decisión judicial busca destacar que ningún manifestante, por ejercer su derecho legítimo a la protesta, debe ser sujeto pasivo de acciones que atenten contra su integridad, su dignidad y su vida.
“El fallecimiento de un manifestante genera un impacto social significativo, que puede afectar el ejercicio del derecho a la protesta”
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
“El uso de la fuerza por parte de la entidad accionada, no fue precedido de una adecuada valoración de los principios de proporcionalidad y necesidad; es decir, se hizo un uso irregular y excesivo de la fuerza”
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
“Ningún manifestante, por ejercer su derecho legítimo a la protesta, debe ser sujeto pasivo de acciones que atenten contra su integridad, su dignidad y su vida”
Fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca
La sentencia, que ratifica la responsabilidad administrativa de la Nación, el Ministerio de Defensa y la Policía Nacional, busca no solo reparar a la familia de Dilan Cruz, sino también enviar un mensaje contundente sobre el respeto a los derechos humanos y la protesta social en Colombia. El acto público de disculpas, que deberá realizarse en un plazo de 30 días, se convierte en un paso simbólico pero significativo hacia la justicia y la no repetición de hechos similares.












