La Corte Suprema de Justicia, a través de su Sala Especial de Primera Instancia, condenó al excongresista Germán Olano Becerra a 40 meses y 15 días de prisión por el delito de interés indebido en la celebración de contratos, tras hallarlo responsable de haber participado como intermediario en el carrusel de la contratación de Bogotá. La sentencia se relaciona específicamente con la adjudicación irregular del contrato 137 de 2007, destinado a la Fase III de TransMilenio por la calle 26, donde Olano, quien se desempeñó como senador y representante a la Cámara, actuó para favorecer al Grupo Nule, representado por Miguel Eduardo Nule Velilla, a cambio de sobornos millonarios.
La investigación judicial estableció que el entonces congresista participó en reuniones donde se acordó un pago inicial de 1.750 millones de pesos, que posteriormente se amplió a 3.500 millones, entregados a través de contratos de obra simulados. Para ello, Olano aprovechó su cercanía con el contratista Héctor Gómez y su capacidad de influir en funcionarios del Instituto de Desarrollo Urbano (IDU), particularmente en Liliana Pardo. La Corte determinó que, aunque Olano no era el servidor público encargado directamente de las funciones contractuales, sí concurrió junto a quienes las tenían para lograr el cometido criminal, vulnerando los principios de igualdad, moralidad, transparencia e imparcialidad que deben regir la contratación estatal.
Condena y sanciones económicas
Además de la pena privativa de la libertad, la Corte impuso una inhabilidad para ejercer derechos y funciones públicas por un periodo de 4 años y 28 días, y una multa equivalente a 44,53 salarios mínimos legales mensuales vigentes. En materia de reparación, el excongresista deberá pagar una indemnización de 3.436.759.367 pesos al IDU por los daños materiales causados. Dado que Olano reside actualmente en Miami, Florida (Estados Unidos), el tribunal ordenó su captura inmediata y gestionó una notificación roja de Interpol para que pueda ser detenido en cualquiera de los 196 países miembros de la organización internacional.
«Si bien Olano Becerra no era el servidor que tenía a su cargo funciones contractuales con relación a la referida operación, sí concurrió junto a los servidores públicos que las tenían para lograr su cometido criminal»
Corte Suprema de Justicia, Sala Especial de Primera Instancia
El fallo se produce casi dos décadas después de que estallara el escándalo del carrusel de la contratación, ocurrido durante la alcaldía de Samuel Moreno (2008-2010), uno de los mayores casos de corrupción en la historia de Bogotá. En este entramado participaron contratistas como los hermanos Nule, funcionarios del IDU y congresistas como Olano, quien ya había sido sancionado disciplinariamente por la Procuraduría en 2011 con destitución e inhabilidad de 12 años, sanción que luego fue reducida a 12 años por el entonces procurador Alejandro Ordóñez. La Sala Especial de Primera Instancia también compulsó copias a la Fiscalía para que se investigue a Miguel Eduardo Nule Velilla por presunto falso testimonio en el proceso.
Durante el proceso, Olano había aceptado responsabilidad por los delitos de tráfico de influencias y enriquecimiento ilícito, pero se declaró inocente del cargo de interés indebido en la celebración de contratos por el que finalmente fue condenado. El contrato 137 de 2007, que debía ejecutar la Fase III de TransMilenio, tuvo dos proponentes: uno fue rechazado por exceder el presupuesto y el otro, la Unión Temporal Transvial, no cumplía los requisitos de cupo de crédito, lo que no impidió que fuera beneficiado gracias a las gestiones ilícitas de Olano. Este caso se suma a otras condenas emblemáticas del carrusel, como la de Emilio Tapia, sentenciado en 2015 a siete años de prisión y beneficiado con libertad condicional en 2019.












