Condenan a trabajadora en Manizales por presentar incapacidad alterada

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En un fallo que ha generado amplio debate en el ámbito laboral colombiano, el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Manizales condenó a dos años de prisión condicional a una trabajadora identificada como Claudia, por el delito de falsedad en documento privado. La sentencia, formalizada en septiembre de 2025, se originó por presentar a su empleador una incapacidad médica alterada, un hecho que la abogada laboralista antioqueña Cindy Isaza calificó como un precedente judicial de gran relevancia. La profesional del derecho, conocida en redes sociales como @cindylaboral, explicó que el caso demuestra cómo la falsificación de un documento médico puede tener consecuencias penales graves, más allá de una simple sanción laboral.

Los hechos se remontan a marzo de 2018, cuando Claudia, quien trabajaba en una empresa de seguridad y salud en el trabajo en Manizales, presentó una incapacidad que originalmente era por un solo día, pero que fue alterada para justificar tres días de ausencia. La EPS Salud Total, al realizar un análisis documentológico, detectó irregularidades en las características físicas del documento y determinó que no coincidía con sus registros originales. La entidad denunció el caso ante la Fiscalía General de la Nación, dando inicio a un proceso judicial que se extendió por ocho años. Durante el proceso, la acusada aceptó su responsabilidad, lo que influyó en la decisión del juez de imponer una pena condicional, es decir, la trabajadora no irá a prisión siempre que cumpla con ciertas condiciones de buena conducta.

Un documento con efectos jurídicos

La abogada Cindy Isaza subrayó que una incapacidad médica no es un simple papel para justificar una ausencia, sino un documento con efectos jurídicos importantes tanto para el trabajador como para el empleador. “Una incapacidad médica no es un simple trámite ni un papel cualquiera, es un documento con efectos jurídicos para trabajadores y empleadores, y precisamente por ser así, no debe falsificarse ni debe utilizarse para cometer cualquier fraude”, señaló la experta en su análisis difundido en Instagram. La alteración de este documento, agregó, rompe el principio de buena fe que debe regir la relación laboral y constituye un delito penal tipificado en el artículo 289 del Código Penal colombiano, que establece penas de prisión de hasta nueve años por falsificar un documento privado que pueda servir de prueba y hacer uso de él.

“Ojo, que presentar un documento falso o alterado a tu empleador puede costarte mucho más que el trabajo, puede terminar en una condena penal. Y esto acaba de pasar en Colombia.”

Cindy Isaza, abogada laboralista

La condena de dos años en modalidad condicional representa una pena menor en comparación con el máximo posible, debido a la aceptación de cargos por parte de la trabajadora. Sin embargo, el caso ha generado una alerta nacional sobre las consecuencias legales de falsificar incapacidades médicas. Según la abogada Isaza, este tipo de conductas no solo afectan la confianza entre empleador y empleado, sino que también pueden desencadenar procesos penales que marcan la vida de las personas. “Como abogada laboralista, quiero que entiendas que esto no es solo querer engañar al empleador, es una conducta que puede tener repercusiones penales”, enfatizó.

El caso, que fue reportado inicialmente por el diario La Patria, ha puesto sobre la mesa la importancia de la veracidad en los documentos médicos que se presentan en el ámbito laboral. La EPS Salud Total, al detectar las irregularidades, activó un protocolo de denuncia que culminó en una condena penal. La abogada Isaza destacó que la incapacidad médica también tiene efectos para el empleador, ya que justifica la ausencia del trabajador, puede obligar a reorganizar el personal y pone en marcha trámites administrativos. Por eso, cualquier alteración representa un perjuicio para la empresa y para el sistema de seguridad social en su conjunto.

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