Corte avaló despido de trabajador que no justificó $100 millones de cesantías

Compartir en redes sociales

La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia avaló el despido con justa causa de un trabajador que, tras 37 años de vinculación con una empresa, retiró de manera anticipada 100 millones de pesos por concepto de cesantías y no logró justificar el destino de esos recursos. El fallo, dictado recientemente, establece que el empleado incumplió la obligación legal de acreditar que el dinero se utilizó para los fines autorizados por la ley, como vivienda o educación, lo que configuró una falta grave.

El caso se originó cuando el trabajador solicitó y recibió el anticipo de sus cesantías, pero, pese a los múltiples requerimientos de la empresa, no presentó documentos como facturas, contratos o pruebas que demostraran el uso permitido del dinero. Ante la omisión, la compañía inició un proceso disciplinario que culminó con el despido. La Corte Suprema, al revisar el caso, confirmó que la conducta del empleado vulneró lo dispuesto en el Código Sustantivo del Trabajo, que exige que estos recursos tengan un destino específico y no sean de libre disposición cuando se retiran anticipadamente.

Responsabilidad compartida en el control de las cesantías

La sentencia no solo pone el foco en el trabajador, sino que también subraya la responsabilidad del empleador. La Sala de Casación Laboral recordó que la empresa tiene la obligación de verificar los requisitos legales antes de aprobar el anticipo; si no lo hace, puede perder las sumas entregadas sin posibilidad de recuperarlas. En este caso, la Corte destacó que el control sobre el uso adecuado de las cesantías anticipadas es una responsabilidad obligatoria y de doble vía, que involucra tanto a quien recibe los recursos como a quien los entrega.

«El control sobre el uso adecuado de las cesantías anticipadas es una responsabilidad obligatoria y de doble vía»

Sala de Casación Laboral, Corte Suprema de Justicia

Durante el proceso, el trabajador alegó que se había violado el principio de inmediatez, argumentando que la empresa tardó varios meses en iniciar el procedimiento disciplinario después de haberle entregado el dinero. Sin embargo, la Corte desestimó este argumento al precisar que el plazo para convocar al trabajador empieza a correr desde la configuración definitiva de la falta y no desde la entrega de los recursos. Es decir, el empleador tiene derecho a esperar a que se consolide la omisión de justificación antes de actuar.

Esta decisión de la Corte Suprema refuerza la importancia de conservar todos los documentos que acrediten el destino autorizado de las cesantías cuando se solicitan de forma anticipada. Quienes recurran a este beneficio deben tener presente que no se trata de un retiro libre, sino de una prestación social con finalidades específicas. El fallo también deja claro que, si el trabajador no justifica el uso del dinero, puede perder su empleo con justa causa; y si la empresa no verifica, puede asumir consecuencias económicas. Una advertencia que aplica a ambas partes en la relación laboral.

Sigue leyendo